MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E8
Eximiciones
DECRETO 1498/03
TIGRE, 1º de diciembre de 2003.-
VISTO:
Que el art. 96, tercer párrafo de la Ordenanza Nº2491/02, Fiscal vigente para el ejercicio financiero 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado texto legal faculta a este Departamento Ejecutivo a eximir de oficio la Tasa por Servicios Municipales a aquellos contribuyentes veteranos de guerra de las Islas Malvinas que posean domicilio fehaciente dentro del partido de Tigre, que mantengan las mismas condiciones de hecho y de derecho que los hicieron merecedores de la liberalidad en cuestión, durante ejercicios financieros anteriores.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO_1.- Exímese de la Tasa por Servicios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2003, a aquellos contribuyentes veteranos de guerra de las Islas Malvinas que posean domicilio fehaciente dentro del Partido de Tigre, que mantengan las mismas condiciones de hecho y de derecho que los hicieron merecedores de la liberalidad en cuestión, durante ejercicios financieros anteriores.
ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase a través del Área de Tasas Inmobiliarias.
Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente.
Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1498/03