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Obras Particulares - Decreto 1313/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O6
Obras Particulares/


DECRETO 1313/10

TIGRE,  19 de noviembre de 2010.-


VISTO:

El artículo 70 del Decreto-Ley Nº 8912/77; Decreto Prov. Bs. As. Nº 27/98, artículo 71 de la Ordenanza Nº 1894/96 “Código de Zonificación del partido de Tigre”; Ordenanza Nº 2454/02, y

CONSIDERANDO:

Que en las urbanizaciones privadas denominadas Barrios Cerrados se construye una importante cantidad de viviendas según se informa en la Dirección General de Aplicación del Código de Zonificación y en la Inspección de Obras Particulares dependiente de la Secretaría de Control Urbano y Ambiental;

Que es una situación común para todas las obras su ordenamiento por el Decreto Nº 27/98 y subdivisión mediante la Ley Nacional Nº 13.512 de Propiedad Horizontal. Asimismo, sin perjuicio de ello debe destacarse el hecho de no cumplimentar en tiempo y forma distintos requerimientos, aunque se encuentren dirigidas a la obtención de tal objetivo según se observa en los expedientes en los cuales se tramita su creación;

Que la dinámica de crecimiento y proliferación de los barrios cerrados en el partido de Tigre implica la existencia de una suficiente infraestructura de accesos, saneamiento, agua y demás necesidades básicas, de forma tal que no se vea alterado el funcionamiento de toda la comunidad;

Que, en particular en el llamado “Complejo Villanueva”, entre las cuestiones mencionadas se constata que la materialización de la calle pública aprobada por la Ordenanza Nº 2377/01 se encuentra incompleta, siendo una importante vía de acceso que comunica los emprendimientos entre sí y permite a su vez la conexión de los barrios con la vía rápida que conecta con la autopista Panamericana;

Que el denominado comercialmente Boulevard Villanueva se conecta además a través de la calle Italia con la Ruta Nº 27, impidiendo de este modo que los vecinos de las urbanizaciones cuenten con un acceso apto y seguro, de conformidad a los compromisos asumidos en el acta acuerdo suscripto entre la Municipalidad y la firma EIDICO el día 20 de septiembre de 2007 convalidado por Decreto Nº 1960/07;

Que en consecuencia, hasta tanto se finalicen las obras correspondientes a la infraestructura actual y futura conveniente y se defina la mejor forma de canalizar el interés económico privado y el desarrollo armónico del perfil urbano deseado para la comunidad de Tigre, resulta urgente y necesario regular las condiciones de aquellas construcciones en las áreas mencionadas ut supra;

Que en tal orden de ideas, los juristas españoles Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández han expresado que “puede concluirse con bastante rigor que el ius aedificandi urbano ha dejado de ser una facultad libre del propietario para convertirse en una determinación pública realizada precisamente en un plan urbanístico” (Derecho Administrativo, tomo II, Ed. Civitas, pág. 157);

Que en el derecho urbanístico nacional debe destacarse al Dr. Jorge R. Causse, cuando afirma que “los ejes de crecimiento son el resultado de una planificación que contempla el desarrollo, con una determinada o distintas direcciones, de urbanizaciones continuas, por lo que, obviamente, no se debe permitir su interrupción” (Urbanizaciones Privadas: Barrios Cerrados y Clubes de Campo, Ed. Ad Hoc, pág. 111);

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1.-  Autorízase el registro de planos de obra de unidades de vivienda ubicadas en Barrios Cerrados Decreto Provincial Nº 27/98 y Ordenanza Nº 2454/02, que cumplan con los requisitos siguientes:

a) Convalidación Técnica Final (Factibilidad).
b) Apertura de cuentas para el pago de la Tasa por Servicios Municipales.

ARTÍCULO 2.- El registro de planos de obra se realizará previa conformidad de la autoridad competente prevista en el proyecto de reglamento interno de cada emprendimiento urbanístico privado planificado.


ARTÍCULO 3.- Establécese que en la carátula del plano de obra deberá consignarse:
a) Titular de la tierra (Propietario) y titular de la parcela (Adquirente).
b) “Plano de subdivisión Ley Nº 13.512 en trámite, siendo responsabilidad del titular de la tierra su aprobación”.

ARTÍCULO 4.- El Certificado Final de Obra Particular se otorgará por la Dirección General de Aplicación del Código de Zonificación cuando la subdivisión Ley Nº 13.512 resulte aprobada y el Barrio Cerrado cuente con el Certificado Final de Infraestructura.

ARTÍCULO 5.- Instrúyase a la Asesoría Letrada municipal a intimar a la empresa EIDICO SA al debido cumplimiento de la obra de materialización de calle pública aprobada en Ordenanza Nº 2377/01, determinada en plano 57-61-09 de mensura, unificación, subdivisión y cesión de calles en Circunscripción IV Sección N del partido de Tigre y constancias obrantes en expedientes 4112-13.105/00 y 4112-29.880/06.

ARTÍCULO 6.- Instrúyase a la Asesoría Letrada municipal a intimar a la empresa EIDICO SA al debido cumplimiento del compromiso asumido por cuenta y orden de los emprendimientos urbanísticos del denominado “Complejo Villanueva” en la cláusula PRIMERA 1.A y a la obligación asumida en la cláusula TERCERA del Acta Acuerdo suscripto en fecha 20 de septiembre de 2007. 
ARTÍCULO 7.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno, de Inversión Pública y Planeamiento Urbano y de Control Urbano y Ambiental.

ARTÍCULO_8.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Aplicación del Código de Zonificación.

 


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Antonio Grandoni, Secretario de Inversión Pública y Planeamiento Urbano.
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1313/10