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Subvenciones - Decreto 1308/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S3
Subvenciones


DECRETO 1308/10

TIGRE, 17 de  noviembre de 2010.-


VISTO:

Que por Decreto 8/2010 se concedió a Bibliotecas Populares, durante el año 2010, subsidios conforme lo dispuesto en Ordenanza 1785/95, y

CONSIDERANDO:

Que la Subsecretaría de Cultura informa a fs.2 del expediente de referencia, cuya copia se incorpora como anexo del presente, que corresponde recategorizar a la Biblioteca Popular Unión Educadores de Tigre como categoría A, por haber reunido los requisitos exigidos para la misma por la Ordenanza 1785/95.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Recategorícese a partir del 1º de noviembre de 2010 a la Biblioteca Popular Unión Educadores de Tigre en la categoría A, resultando el inciso 7 del artículo 1º del Decreto 8/10 redactado conforme el siguiente texto:

7. ENTIDAD: Biblioteca Popular Unión Educadores de Tigre.-
CATEGORÍA: A, 6 módulos.
VALOR DEL MÓDULO: $ 1.079,32
SUBVENCIÓN MENSUAL enero/octubre 2010: $ 4.317,28
SUBVENCIÓN MENSUAL noviembre/diciembre 2010: $ 6.475,92
IMPORTE ANUAL: $ 56.124,64

ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará conforme artículo 3º del Decreto 8/10.

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno, la señora Secretaria de Hacienda y Administración y el señor Secretario de Promoción Comunitaria.

ARTICULO_4.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Subsecretaría de Cultura y Contaduría Municipal.

 


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Florencia Jalda, Secretaria de Hacienda y Administración.
Carlos Daniel Gambino, Secretario de Promoción Comunitaria
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1308/10