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Seguridad - Decreto 1017/01

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S15 
Seguridad


DECRETO  1017/01

TIGRE, 31 de mayo de 2001.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales la empresa BAR DEL PUERTO S.R.L., en su carácter de titular de arrendamiento y habilitación  del rubro “servicios gastronómicos”, conforme ordenanza 2001/97 y Resoluciones de Secretaría de Gobierno Nros. 1/01 y 457/01, solicita autorización para colocar carteles señalizando el acceso al lugar de emplazamiento en el Puerto de Frutos de Tigre, y,

CONSIDERANDO:

Que atento el particular emplazamiento del establecimiento, justifica una excepción a la suspensión de permisos de este tipo dispuesta por Decreto 1536/98, especialmente válida para orientar el acceso al Puerto de Frutos por calle Guareschi.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Autorízase a la empresa BAR DEL PUERTO S.R.L., en su carácter de titular de arrendamiento y habilitación de servicios gastronómicos en el Puerto de Frutos de Tigre, a instalar un cartel de señalización de acceso en calle Morales esquina Guareschi y otro en calle Sarmiento esquina Perú, por los motivos expuestos precedentemente.-

ARTICULO 2.- Autorízase el tipo de cartel descripto en croquis de fs. 2 del expediente 4112-20.367, facultándose a la Secretaría de Gobierno a autorizar su remplazo por otros de menor envergadura en caso de así resultar conveniente por razones de emplazamiento.

ARTICULO 3.- La Secretaría de Gobierno determinará el lugar exacto de emplazamiento de cada cartel.

ARTICULO 4.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Gobierno.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1017/01