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Urbanismo - Decreto 948/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2 
Urbanismo


DECRETO  948/05

POR DECRETO 1548/06 SE EXTENDIO EL PRESENTE DECRETO A LAS ZONAS  R1, R4 y R6.-

TIGRE, 30 de marzo de 2005.-

 

VISTO:

El estudio efectuado sobre los requisitos de estacionamiento para las zonas Tc y Tr, y, 

CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo el informe producido por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96,  que seguidamente se transcribe:

TIGRE, 11 de marzo de 2005.- VISTO:   Los estudios realizados de las zonas urbanas del Partido de Tigre, y, CONSIDERANDO: Que como resultado de los mismos corresponde establecer que la cantidad mínima de unidades de estacionamiento, exclusivamente para las zonas Tc y Tr, es del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de viviendas. Por ello, la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: DISPONE: Proponer al Departamento Ejecutivo dictar Decreto estableciendo, con carácter reglamentario de las previsiones  sobre estacionamiento de vehículos contenidas en la Ordenanza 1894/96 “Código de Planeamiento del Partido de Tigre”, que para las zonas Tc y Tr,  la cantidad mínima de unidades de estacionamiento es del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de viviendas.
Firmado: Ernesto G. Casaretto, Secretario de Gobierno. Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda.  Arq. Guillermo Zwanck, Subsecretario de Obras Públicas. Arq. Eduardo Barbieri, Director de Obras Particulares

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Fíjase, con carácter reglamentario de las normas de estacionamiento contenidas en la Ordenanza 1894/96, y por los motivos expuestos precedentemente, exclusivamente para las zonas Tc y Tr, que deberá preverse un mínimo del cincuenta por ciento (50%) de las unidades de vivienda.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 948/05