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Terrenos Fiscales - Decreto 918/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13 
Terrenos Fiscales


DECRETO 918/02


TIGRE, 3 de octubre de 2002.-

 

VISTO:

Que por Decreto 1243/00, se concedió prefactibilidad para la ejecución del emprendimiento urbanístico privado planificado, Barrio El Abra, en  Circunscripción II, Sección J, Quinta 141, parcelas 1, 2,3, 8 y 9, zona R2d, y,

CONSIDERANDO:

Que por imperio del Decreto Ley 8912/77, corresponde la cesión a esta Municipalidad de una superficie de 1.543,50 m2., destinados a espacios verdes y libres públicos y equipamiento comunitario.

Que por Decreto 1860/02 se aceptó la transferencia gratuita a favor de esta Municipalidad, del 34,10% del inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección J, Quinta 27, parcela 29, la cual no se llevó a cabo por desistimiento de los vendedores.

Que por expediente 4112-27.787/02, los recurrentes proponen reemplazar la transferencia antes mencionada, por la transferencia gratuita del predio ubicado en la Primera Sección de Islas, Partido de Tigre, con 25 metros de frente al Arroyo Las Hormigas, con una superficie total de 2.268,10 m2, identificado catastralmente como Sección Primera, Fracción 656ª, Parcela 30, Partida 17984.

Que el terreno propuesta es de dimensiones superiores a las exigidas por aplicación del artículo 56 del Decreto Ley 8912/77.

Que los recurrentes manifiestan su voluntad de mantener el valor de la tierra objeto del Decreto 1860/01, motivo por el cual, siendo de menor valor la nueva propuesta de tierra, abonarían la diferencia de $ 22.500,00 destinada al FONDO MUNICIPAL DE APOYO A LA EDUCACIÓN PUBLICA, creado por Ordenanza 2400/01, cuyo objetivo es coincidente con la exigencia del mencionado Decreto Ley.

Que la referida propuesta resulta conveniente a los intereses municipales.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Dese por cumplido por parte de los señores Cesar Shimizukawa, Miguel Shimizukawa, Francisco Perricone, Juan Carlos Collovati y Sra. María Olga Manrique, en su carácter de propietarios responsables del emprendimiento urbanístico privado planificado, cuya prefactibilidad fue otorgada por Decreto 1243/00, la obligación de cesión gratuita a favor de esta Municipalidad establecida por el artículo 56 del Decreto Ley 8912/77, conforme al siguiente detalle:

a) Terreno de ubicado en la Primera Sección de Islas, Partido de Tigre, con 25 metros de frente al Arroyo Las Hormigas, con una superficie total de 2.268,10 m2, identificado catastralmente como Sección Primera, Fracción 656ª, Parcela 30, Partida 17984, valuado en pesos cinco mil quinientos ($ 5.500,00).-
b) Pago de la suma de pesos veintidós mil quinientos ($ 22.500,00), que corresponde a la diferencia entre el valor del predio ofrecido conforme Decreto 1860/01 y la suma mencionada en el inciso anterior, que ingresará al FONDO MUNICIPAL DE APOYO A LA EDUCACIÓN PUBLICA, Ordenanza 2400/01.-

ARTICULO 2.- Derógase el Decreto 1860/01, por los motivos expuestos precedentemente.

ARTICULO 3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_4.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase.-

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 918/02