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Kioscos - Decreto 870-00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto K1 
Kioscos


DECRETO  870/00

TIGRE, 8 de mayo de 2000.-

VISTO:

   La Ordenanza 215/81 rige en materia de radicación y habilitación de kioscos de diarios y revistas, y,

CONSIDERANDO:

   Que dicha norma prevé una autorización municipal precaria, que se convierte en definitiva una vez otorgado el permiso del Ministerio de Trabajo.

Que se encuentra en proceso de revisión y cambio las normativas en el orden nacional, motivo por el cual en la actualidad no se conceden los permisos mencionados en el párrafo anterior.

Que ante esta situación, resulta procedente, tal como lo dictamina la Asesoría Letrada Municipal, mantener en suspenso la obligación de presentar la autorización del mencionado Ministerio, siendo suficiente para desarrollar actividades con el rubro motivo de estos actuados, la autorización concedida por esta Municipalidad en cumplimiento del resto de las condiciones exigidas por la Ordenanza 215/81, hasta que en el orden nacional se dicten nuevas medidas al respecto, oportunidad en que corresponderá compatibilizar dicha ordenanza.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Suspéndese, hasta nueva orden en contrario, la obligación de presentar autorización del Ministerio de Trabajo para desarrollar actividades con kioscos de diarios y revistas, manteniéndose vigente el resto de las exigencias de la Ordenanza 215/81, por los motivos expuestos precedentemente.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 870/00