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Registros Obligatorios - Decreto 774/12

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto R8 
Registros Obligatorios


DECRETO 774/12

TIGRE, 11 de junio de 2012.-

VISTO:

Que por Ordenanza 3233/11 se creó el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, Barrios Cerrados o Clubes de Campo,  y,

CONSIDERANDO:

Que corresponde a este Departamento Ejecutivo determinar la Secretaría que tendrá competencia en la aplicación de dicha norma así como reglamentar en el marco del artículo 108 inciso 3 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”.

Que a los efectos de mayor agilidad en los procedimientos resulta conveniente hacer uso de las facultades conferidas por el artículo 181 de la mencionada Ley Orgánica y delegar atribuciones en la Secretaría del área de competencia.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.- Asígnase a la Secretaría de Control Urbano y Ambiental competencia y responsabilidad de poner en vigencia la Ordenanza 3233/11.

ARTÍCULO 2.- Delégase en el Secretario de Control Urbano y Ambiental, en el marco del artículo 181 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”, la emisión y firma de los certificados de inscripción previstos en el artículo 4 de la Ordenanza 3233/11 a cuyos efectos deberá llevar registro permanente de los emitidos.

ARTÍCULO 3.- La Secretaría de Control Urbano y Ambiental coordinará con la Agencia de Innovación y Tecnología la puesta en vigencia de los formularios que fueren necesarios, priorizando el uso de tecnología digital en todos los aspectos que resulten factibles.

ARTÍCULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno, General y de Control Urbano y Ambiental.

ARTÍCULO_5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Secretaría de Control Urbano y Ambiental.

 


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Diego Santillán, Secretario General
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 774/12