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Contravenciones - Decreto 733/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C16 
Contravenciones


DECRETO 733/00

TIGRE, 12 de abril de 2000.-

VISTO:

   Que por aplicación del Código Contravencional del Partido de Tigre, se realizan procedimientos que implica la detención e ingreso a depósito municipal de camiones que transportan residuos, y,

CONSIDERANDO:

   Que independiente del procedimiento contravencional que se efectúa, corresponde que esta Municipalidad asegure el cumplimiento de la Ley 9111, procediendo a transportar con servicio propio o de terceros, los residuos al lugar de disposición final, con cargo al infractor, conforme lo establezcan las normas vigentes.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Con relación a todo vehículo que por causas contravencionales ingrese a depósito municipal cargado de residuos, la Secretaría de Servicios Municipales deberá asegurar el cumplimiento de la Ley 9111, procediendo a transportar el residuo en camiones municipales o del servicio contratado, hasta el lugar de disposición final, correspondiendo el pago de tal servicio al infractor, por el monto establecido en la Ordenanza Impositiva que rija en cada oportunidad, que deberá cancelarse con carácter previo a la restitución del vehículo con el cual se cometió la infracción.

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Servicios Municipales y por el Juzgado Municipal de Faltas.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 733/00