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Urbanismo - Decreto 687/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2 
Urbanismo


DECRETO  687/00

TIGRE, 11 de abril de 2000.-


VISTO:

   Los usos establecidos para la zona I2, por la planilla general de usos del Código de Zonificación del Partido de Tigre, y,  

CONSIDERANDO:

   Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto por la Comisión Municipal de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación, articulo 7º de la Ordenanza 1894/96,  en su despacho del 23 de marzo de 2000, que textualmente se transcribe:

TIGRE, 23 de marzo de 2000.- Se transcribe a continuación lo resuelto por la COMISIÓN MUNICIPAL DE INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DEL CÓDIGO DE ZONIFICACIÓN, ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA 1894/96: “Con relación al expediente 4112-8371/99, por el cual el señor Ruben Iriondo, solicita habilitar el rubro molienda de cascotes en I-C-311, parcelas 39 y 40, Zona I2, se D I S P O N E
1. Que según surge del relevamiento realizado de fs. 19 a 82, los rubros encontrados y habilitados en funcionamiento, guardan paralelismo con el rubro molienda de cascotes, se sugiere aceptar lo solicitado por el recurrente.
2. De ser aceptada la propuesta y en cumplimiento del artículo 7 de la ordenanza 1894/96, se propone al Departamento ejecutivo incorporar dicho rubro a la planilla general de usos, exclusivamente para la zona I2, Capítulo 7 “LIMITES DE ZONA”, artículo 92, limite zona I2, inciso 4, delimitada por las calles: Benito Lynch, Don Orione, Río Reconquista, López, Rosales, Tirso de Molina, Benito Lynch, límite Frac. Ia, LFºPF colectora Acceso Norte S., Ruta 197, Benito Lynch.
3. Por lo expuesto se eleva a consideración del Departamento Ejecutivo, con el correspondiente proyecto de Decreto.
FIRMADO: Ernesto G. Casaretto Secretario de Gobierno, Cdor. Hugo Leber Secretario de Economía y Hacienda, Arq. Guillermo Zwanck Subsecretario de Obras Públicas Arq. Eduardo Barbieri Director de Obras Particulares.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 de la Ordenanza 1894/96,

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Incorpórase a la PLANILLA GENERAL DE USOS de la Zona I2, de la Ordenanza 1894/96, Código de Zonificación del Partido de Tigre, los usos establecidos en el artículo 12, inciso y) RECUPERACION DE MATERIALES, punto 2, NO METALICOS, única y exclusivamente para la zona I2 delimitada por el artículo 92, inciso 4 del titulo LIMITES ZONA I2, que seguidamente se detalle: Benito Lynch, Don Orione, Río Reconquista, López, Rosales, Tirso de Molina, Benito Lynch, límite Frac. Ia, LFºPF colectora Acceso Norte S., Ruta 197, Benito Lynch.

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Cúmplase.-

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 687/00