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Tasas Municipales - Decreto 684/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Municipales


DECRETO 684/07

TIGRE, 2 de marzo de 2007.-

VISTO:

Las Resoluciones Nº 336/2.006 y 361/2.006 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, y el Art. 46 último párrafo de la Ordenanza Nº 2.773/06 (Ordenanza Impositiva vigente para el ejercicio fiscal 2.007),  y,

CONSIDERANDO:

El informe producido por la Secretaría de Economía y  Hacienda, en  el cual se expone la necesidad de reglamentar las facultades delegadas al Departamento Ejecutivo por el Art. 46, último párrafo de la Ordenanza Nº 2.773/06, fijando los valores que deberán oblar los contribuyentes alcanzados mediante la “Tasa por Control de Marcas y Señales”.

Que luego de un análisis exhaustivo de la normativa en cuestión, se considera oportuno armonizar los valores fijados por el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, con la normativa municipal en vigor; fijando el valor de la “Tasa por Cueros” en $ 0,40 por cuero; dejando vigente para los demás hechos imponibles alcanzados por el tributo indicado, los valores tarifados por el Título I, Capítulo XVI de la Ordenanza Nº 2.773/06.   

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Fíjase el valor de la “tasa por cueros” imputable a la “TASA POR CONTROL DE MARCAS Y SEÑALES” en cuarenta centavos ($ 0,40) por cuero; conforme lo normado por las Resoluciones Nº 336/2.006 y 361/2.006 del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, y el Art. 46 último párrafo de la Ordenanza Nº 2.773/06 (Ordenanza Impositiva vigente para el ejercicio fiscal 2.007). 

ARTICULO 2.- Establécese que los demás hechos imponibles alcanzados por el tributo indicado en el artículo anterior, serán tarifados conforme lo normado por el Título I: Capítulo XVI de la Ordenanza Impositiva 2.007. 

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 4.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Municipal. Dése amplia difusión. Cúmplase por la Dirección de Descentralización Tributaria. Tome conocimiento la Dirección General de Legal y Técnica de Recursos Tributarios; ambas dependientes de la Secretaría de Economía y Hacienda.

 


Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Cdor. Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 684/07