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Habilitaciones - Decreta 680/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
Habilitaciones


DECRETO 680/05

TIGRE, 17 de marzo de 2005.-

VISTO:

Que por Decreto 1830/04, se  dispuso que todo comercio que supere los doscientos metros cuadrados (200 m2.) de superficie de salón de ventas, que opere con rubros diarios y periódicos, tales como almacén, despensa, verdulería, frutería, carnicería, bazar, kiosco, artículos de limpieza, despacho de pan, con la venta de los artículos y con los anexos que autoriza la Ordenanza General 255, por el sistema de autoservicio con caja centralizada, queda comprendido en la definición de “Mercado, Supermercado y autoservicio”, contemplado en el inciso 31 del Art. 12 de la Ordenanza 1894/96, debiendo cumplir los requisitos especial determinados en dicho decreto, en el caso de no estar incluido en la Ley 12.573, y,

CONSIDERANDO:

Que resulta procedente determinar que dicho Decreto no resulta aplicable en las zonas clasificadas Ip, I1, I2, I3, e I4, por la particularidad de las mismas que admiten el emplazamiento y funcionamiento sin los requisitos establecidos para el resto de las zonas del Partido.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones reglamentarias de la Ordenanza 1894/96, de la Ordenanza 227/81 y de la Ordenanza 738/88, conforme inciso 3 del Art. 108 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”,

 

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- El Decreto 1830/04 no se aplicará, por los motivos expuestos precedentemente, en las zonas clasificadas como Ip, I1, I2, I3, e I4, por la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”.-

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección General de Habilitaciones de Comercios. Intervenga Área Mesa de Entradas y Salidas.-

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 690/05