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Terrenos Privados - Decreto 514/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14 
Terrenos Privados


DECRETO 514/08

CONVALIDADO POR ORDENANZA 2895/08

TIGRE, 22 de abril de 2008.-

VISTO:

Las presentes actuaciones iniciadas por la Secretaría de Protección Ciudadana ante el reclamo vecinal formulado en la reunión pública efectuada en el salón de la Delegación Municipal de Don Torcuato, oportunidad en que numerosos vecinos expresaron su preocupación por la inseguridad del sector de influencia de un predio abandonado en calle José Hernández esquina Avda. del Trabajo, Don Torcuato, y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Secretaría y Delegación Municipal constataron la veracidad de los hechos denunciados, verificando que el predio se encuentra en ruinas y en total abandono, y es un foco de insalubridad pública e inseguridad, agravado por el uso que del mismo hacen malvivientes para amparar sus hechos delictivos en desmedro de la población aledaña.

Que la situación verificada amerita poner en vigencia en forma inmediata, sin dilación alguna, los medios necesarios para revertir la situación y restablecer la salubridad y seguridad pública.

Que el predio en cuestión cumple la Ordenanza 472/64 para la toma de posesión, con excepción de que dicha norma está destinada exclusivamente a predios baldíos, existiendo en éste ruinas de una construcción que agravan la situación y urgen la intervención municipal con más rigor que si fuera baldío.

Que asimismo, en un todo de acuerdo al espíritu de dicha Ordenanza, resulta procedente la toma de posesión del predio para revertir las actuales condiciones y, conforme lo exige el artículo 5º de dicha norma, asignar al predio un destino que no solo evite la reiteración de estos hechos, sino que se convierta en un hito de afianzamiento de la seguridad que la población del sector reclama a esta Administración.

Que concordante con lo antes expuesto resulta procedente destinar el predio una vez restablecida la salubridad, higiene y seguridad, y eliminados los peligros de una construcción abandonada, el Honorable Concejo Deliberante asigne como destino el de “dependencia para las fuerzas de seguridad”

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Tómase posesión inmediata del predio identificado como Circunscripción II, Sección J, Manzana 178, parcela 7, por los motivos expuestos precedentemente, concordante con el espíritu de la Ordenanza 472/64 y ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 2.- Encomiéndase a la Secretaría de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura y a la Secretaría de Protección Ciudadana, las acciones necesarias para revertir en el sector las condiciones de inseguridad e insalubridad generadas por el abandono del inmueble objeto del artículo anterior.

ARTICULO 3.- Encomiéndase a Área Patrimonio las diligencias de práctica contenidas en la Ordenanza 472/64 y su Decreto reglamentario 1382/95.

ARTICULO 4.- Destínase el predio objeto del presente, para “dependencias de las fuerzas de seguridad”, a cuyos efectos se realizarán las adecuaciones que correspondieren y se gestionará dicho uso mediante el correspondiente convenio de colaboración y posterior comodato con quien resulte operador del predio.

ARTICULO 5.- Elévese al Honorable Concejo Deliberante solicitando la convalidación del presente, atento las condiciones de seguridad y salubridad pública que el mismo restablece y pretende afianzar.

ARTICULO_6.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno, de Economía, Hacienda y Administración, de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental, de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura y de Protección Ciudadana.

ARTICULO_7.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por las Secretarías de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura y Protección Ciudadana. Elévese a intervención del Honorable Concejo Deliberante.

 


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor Secretario de Economía, Hacienda y Administración
Antonio Grandoni, Secretario de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental
José María Paesani Secretario de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura
Diego Santillán, Secretario de Protección Ciudadana
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 514/08


Secretaría de Gobierno
Despacho General y Digesto

DECRETO 780/08 T14
TERRENOS PRIVADOS
Copia para información pública. Válida para trámites sólo en caso de ser autenticada por la Dirección de Despacho General y Digesto


CORRESPONDE EXPTE. 4112-1528/08

TIGRE, 11 de junio de 2008.-

VISTO:

Que por Decreto 514/08 se tomó posesión inmediata del predio identificado como Circunscripción II, Sección J, Manzana 178, parcela 7, y,

CONSIDERANDO:

Que tal como lo informa a fs. 20 Área Patrimonio se ha cometido un error formal en la designación de la parcela, ya que no es 7 sino 7a, tal como surge de los antecedentes obrantes en el expediente objeto de la posesión.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Pónese en vigencia la presente FE DE ERRATA a los efectos de dejar constancia que tal como surge de la documentación obrante en el expediente 4112-1528/08, la parcela objeto de la posesión dispuesta por el artículo 1º del Decreto 514/08 es la 7a y no la 7 como se consignó por error formal.

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_7.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Prosígase el trámite dispuesto en el Decreto

 

            
Firmado:
Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 780/08