MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto S3
Subvenciones
DECRETO 439/04
TIGRE, 26 de febrero de 2004.-
VISTO:
Que por Decreto 1725/03 se otorgó, mientras dure la emergencia administrativa, económica y financiera, reflejadas en las Ordenanzas 2318/01, 2378/01 y 2402/01, las cuales adhieren al régimen de emergencia instrumentado por la Provincia de Buenos Aires a través de las Leyes 12.563, 12.727 y 12.774, respectivamente, a las Bibliotecas Populares beneficiarias de lo dispuesto por la Ordenanza 1785/95, el setenta por ciento (70%) de los montos de subvención dispuesto por la Ordenanza 2137/98, destinados a gastos en PERSONAL y FUNCIONAMIENTO, y,
CONSIDERANDO:
Que por error formal se omitió incorporar en los beneficios acordados por el mencionado Decreto 1725/03, a la BIBLIOTECA POPULAR JOSÉ HERNÁNDEZ, DE DIQUE LUJAN, categoría C, un módulo, correspondiendo en consecuencia su rectificación.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Incorpórase el inciso 10 al artículo 1º del Decreto 1725/03, con el siguiente texto:
10. ENTIDAD: Biblioteca Popular José Hernández, de Dique Luján.
CATEGORÍA: C, un (1) módulos.
VALOR DEL MODULO: $ 889,60.-
SUBVENCIÓN MENSUAL: $ 889,60.-
IMPORTE ANUAL: $ 10.675,20.-
ARTICULO 2.- Refrenden el presente Decreto los señor Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Prosígase el trámite dispuesto en el Decreto
Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Hugo Leber, Secretario de Economía y Hacienda
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 439/04