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Islas - Decreto 374/02

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I12
Islas


DECRETO 374/02


TIGRE, 11 de abril de 2002.-


VISTO:

Las características particulares de la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, Partido de Tigre, y,

CONSIDERANDO:

Que se trata de una unidad en permanente evolución, conformando un delicado equilibrio entre agua, tierra, vegetación y vida animal.
Que constantemente adquiere un mayor valor como fuente de recursos y reserva de calidad de vida.
Que tiene características propias tanto como región, en sus habitantes, en las demandas del turismo creciente y en los valores culturales propios.
Que es necesario asegurar que el desarrollo del Delta será llevado a cabo con criterios de sustentabilidad.
Que las nuevas modalidades de gestión impone la necesidad de llevar a cabo acciones planificadas y programadas, que contemplen los intereses de los distintos sectores involucrados.
Que esta Municipalidad mantiene una política de evolución en sus sistemas de gestión orientados a la mejora continua.
Que es necesario desarrollar e implementar planes para el desarrollo sustentable de la Primera Sección de Islas del Delta del Paraná.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Créase el Comité de Gestión para el Desarrollo Sustentable de la Primera Sección del Delta del Paraná, Partido de Tigre, cuya función principal será la de planificar, desarrollar y ejecutar los planes estratégicos y operativos.-

ARTICULO 2.- El Comité creado por el artículo anterior, estará conformado de la siguiente forma, sin perjuicio de las actividades asignadas a cada sector:
Presidente: Secretario de Gobierno.
Integrantes:
1. Subsecretaría de Obras Públicas
2. Subsecretaría de Prestaciones y Servicios.
3. Subsecretaría Coordinadora de Planta Urbana y Delegaciones Municipales de  Rincón de Milberg, Troncos del Talar, Benavidez, Dique Luján e Islas.

ARTICULO 3.- Facúltase al Comité creado por el presente, a recabar la opinión  de organismos gubernamentales y no gubernamentales, debidamente reconocidos, sobre las cuestiones atinentes a la fijación de políticas orientadas al desarrollo sustentable de Islas.

ARTICULO 4.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 374/02