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Tasas Municipales -Decreto 328/09

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Municipales


DECRETO 328/09

TIGRE, 13 de marzo de 2009.-


VISTO:

Que por Ordenanza 2582/04 la Municipalidad de  Tigre adhirió a la Ley 13.010, en lo que respecta a la descentralización del cobro del Impuesto Automotor determinado por la Provincia de Buenos Aires, facultándose al Departamento Ejecutivo a poner en vigencia los cursogramas y operatorias que resulten necesarias para el respectivo cobro, con relación a la mencionada Ley y a las normas complementarias, modificatorias, reglamentarias, ampliatorias, dictadas o que se dicten en el futuro basadas en la mencionada Ley, y,

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza 2953/08, con la modificación introducida por Ordenanza 2946/08, esta Municipalidad adhirió a partir del 1º de septiembre de 2008, a la Ley Provincial Nº 13.850, facultándose al este Departamento Ejecutivo a adoptar todas las medidas necesarias para su debido cumplimiento.

Que el Art. 55 de la Ley 13.850, que textualmente se transcribe, transfiere a los Municipios la obligación de resolver las solicitudes de exención del tributo:

ARTÍCULO 55.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, los Municipios a los que se les hubiese transferido y asignado el impuesto a los Automotores, de conformidad a lo previsto en el Título III de la Ley Nº 13010 y concordantes posteriores, deberán resolver las solicitudes de exención del tributo presentadas por los contribuyentes respecto de los vehículos comprendidos en dicha transferencia. Las solicitudes de exención presentadas con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, deberán ser resueltas por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.

Que a fs. 2 del expediente 4112-10.278/09, la Secretaría de Economía, Hacienda y Administración solicita se le asigne competencia para registrar las exenciones al impuesto a los automotores conforme Art. 220 del Ley 10.397, Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, dentro del marco establecido por el artículo 55 de la Ley 13.850.-

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo dicha propuesta atento el encuadre en la Ordenanza 2860/07.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Asígnase a la Secretaría de Economía, Hacienda y Administración competencia para registrar las exenciones al impuesto a los automotores conforme Art. 220 del Ley 10.397, Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, dentro del marco establecido por el artículo 55 de la Ley 13.850.-

ARTICULO 2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Economía, Hacienda y Administración.

 


Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor Secretario de Economía, Hacienda y Administración
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 328/09