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Terrenos Fiscales - Decreto 287/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T13
Terrenos Fiscales


DECRETO 287/00

TIGRE, 18 de febrero de 2000.-


VISTO:
   Los expedientes Nros. 4112-12.119/99 y 4112-12.215/99,  

CONSIDERANDO:
   Que se encuentra en plena vigencia el Decreto Ley 9533/80.
Que las conclusiones del dictamen que transcripto literalmente dice:

TIGRE, 3 DE ENERO DE 2000.- SEÑOR SECRETARIO DE GOBIERNO
Vienen a consulta de esta Asesoría Letrada las actuaciones iniciadas por la Dirección de Obras Particulares respecto a discrepancias de la titularidad dominial en los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 296c, parcelas 20, 21 y 23. Las mencionadas actuaciones surgen como consecuencia del acta de contravención Nº 4006 de la mencionada Dirección.
Asimismo se hallan agregado a la presente las actuaciones iniciadas por el señor Carlos Abella Nazar por expediente 4112-12.215/99, respecto al descargo del acta de contravención antedicha. Luego de una exhaustiva investigación y estudio pormenorizados de los títulos de propiedad, de los planos de mensura y subdivisión de la manzana en cuestión y de la propia documentación aportada por el peticionante, surge sin hesitación alguna que el inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 296c, parcela 21, pertenece al dominio municipal por aplicación de los artículos 4, 11 y 12 del Decreto Ley 9533/80.
Por lo expuesto y en salvaguarda de los intereses fiscales, soy de opinión que el Departamento Ejecutivo  dicte el acto administrativo tendiente a que el registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires inscriba el citado inmueble a nombre de la Municipalidad de Tigre, sin perjuicio de las acciones legales de reivindicación de título que esta Municipalidad debería iniciar contra los actuales ocupantes del predio, de acuerdo a las disposiciones emanadas por el Honorable Tribunal de Cuentas, respecto de la salvaguarda de los bienes del patrimonio del Estado.
Esta opinión la baso asimismo en que el ocupante no ha aportado documentación alguna que reúna los requisitos de la legislación vigente respecto del ejercicio de algún derecho vinculado con la prescripción adquisitiva por posesión veinteñal. Es más, según surge de la copia fiel de la matrícula de dominio agregada a fs. 39 del expedientes  4112-12.119/99, que el inmueble cuyo titular de dominio es el señor Carlos Abella Nazar, con sus demás datos personales, que constan en la misma, inscripto en la matrícula 6741 de Tigre, indica que al Norte linda con terreno sobrante (lote 21 motivo del presente dictamen) en medio con E. Lanus, se adjunta a la presente estudio de título practicado al respecto.
FIRMADO: Dr. Vicente R. Pla. Asesor Letrado.

La necesidad de preservar el patrimonio municipal, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Incorpórese al dominio  municipal el inmueble ubicado en la ciudad de Tigre, con frente a la calle José Manuel de Estrada, esquina Anastasio El Pollo, que mide y linda 12 metros de frente al Nord Oeste sobre calle Estrada, 65 metros 20 centímetros en su otro frente al Nord Este sobre calle Anastasio El Pollo, 11 metros 47 centímetros al Sud Este, lindando con parte de la parcela 23 y calle Anastasio El Pollo y 67 metros al Sud Oeste lindando con parcela 20, superficie 759 metros 53 decímetros cuadrados, nomenclatura catastral Circunscripción I, Sección D, Manzana 296c, parcela 21, por aplicación de los artículos 4, 11 y 12 del Decreto Ley 9533/80.

ARTICULO 2.- Por la Secretaría de Gobierno procédase a ejecutar los actos administrativos ante el registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y ante la Dirección provincial de Catastro Territorial al efecto de la inscripción dominial a favor de este Municipio, del inmueble mencionado en el artículo 1º.

ARTICULO 3.- Notifíquese a la Dirección de Catastro de la Secretaría de Economía y Hacienda, que deberá dar cumplimiento estricto a las disposiciones del Decreto 1112/90.

ARTICULO 4.- Notifíquese a la Dirección de Obras Particulares que deberá abstenerse de proceder a la aprobación de todo tipo de documentación respecto del  inmueble en cuestión.

ARTICULO 5.- No ha lugar a lo peticionado por el señor Carlos Abella Nazar en las actuaciones de los expedientes 4112-12.119/99 y 4112-12.215/99.-

ARTICULO 6.- Tome intervención la Subsecretaría de Gobierno, Asesoría Letrada, a efectos de iniciar las acciones de reivindicación del título del inmueble en cuestión una vez obtenido la registración a favor de esta Municipalidad.

ARTICULO_7.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_8.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase.

 


Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Ricardo Ubieto, Intendente.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 287/00