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Tasas Municipales - Decreto 210/00

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Municipales


DECRETO 210/00

TIGRE, 10 de febrero de 2000.

VISTO:

   Que la Ordenanza Fiscal para el ejercicio financiero año 2000, establece en su capítulo XV “Patente de Rodados”, artículo 208, que “Por los vehículos radicados en el Partido, que utilicen la vía pública, no comprendidos en el impuesto provincial a los automotores o en el vigente en otras jurisdicciones, se abonarán los tributos que al efecto establezca la Ordenanza Impositiva anual”, y,  

CONSIDERANDO:

   Que la mencionada Ordenanza Impositiva clasifica el objeto imponible por cilindrada de motor y diferencia el vehículo en bicicletas motorizadas, motocicletas, motonetas y triciclos, dejando fuera otros vehículos tales como los cuatriciclos.

Que siendo necesario conceder patente a tales vehículos, ya que no pueden circular sin dicho requisito, corresponde reglamentar que los vehículos comprendidos en el Capítulo XV de la Ordenanza Impositiva, se gravarán teniendo en cuenta la cilindrada del motor, incluyendo los que no hubiesen sido expresamente detallados, tales como los cuatriciclos.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

DECRETA

 

ARTICULO_1.- Los vehículos comprendidos en la Tasa del Capítulo XV, “Patente de Rodados”, que no se encuentren expresamente detallados tales como cuatriciclos, tributarán en función de la cilindrada de motor.

ARTICULO_2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Dirección  General de Tránsito  y Secretaría de Economía y Hacienda.-

 


Firmado: Dr. Eduardo H. Sofía, Secretario de Gobierno. Hugo Leber, Secretario de
Economía y Hacienda. Arq. Hiram A. Gualdoni, Intendente Interino
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 210/00