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Delegacion de Funciones - Decreto 155/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D12 
Delegacion de Funciones


DECRETO  155/08

TIGRE, 6 de febrero de 2008.-

VISTO:

Que por imperio de la Ordenanza 2860/07, los trámites municipales relacionados con la Ley 10.830 sobre “escrituración de interés social”, y con la Ley 14.934 sobre “bien de familia”, conforme Ordenanza 2407/02 y convenio registrado por Resolución de Secretaría de Gobierno Nº 1947/03, se encuentran bajo competencia de la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano, y,

CONSIDERANDO:

Que resulta procedente agilizar dichas tramitaciones mediante Delegación de funciones en la mencionada Secretaría, para el dictado de los actos administrativos y tramitaciones generales, en el marco del Art. 181 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Delégase, por los motivos expuestos precedentemente, en la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano, en el marco del artículo 181 del Decreto Ley 6769/58, “Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, las siguientes facultades:

1. Tramitación general, elevaciones y actos administrativos relacionados con la aplicación de la Ley 10.830, sobre “escrituración de interés social”.-
2. Tramitación general, elevaciones y actos administrativos relacionados con la aplicación de la Ley 14.394, Ordenanza 2407/02 y Convenio registrado por Resolución de Secretaría de Gobierno Nº 1947/03, sobre “bien de familia”.

ARTICULO 2.- Derógase el Decreto 1245/03, por la sustitución dispuesta en el inciso 2 del artículo anterior.

ARTICULO 3.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.

ARTICULO_4.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.

 


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Julio Zamora Secretario de Política Sanitaria y Desarrollo Humano
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 155/08