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Tasas Municipales - Decreto 138/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales


DECRETO  138/10

TIGRE, 11 de febrero de 2010.-

VISTO:

El artículo 5º de la Ordenanza 3059/09, Ordenanza Impositiva para el año 2010, cuyo título CONTRIBUCIÓN DE PROTECCIÓN CIUDADANA seguidamente se transcribe:

Conforme lo expuesto en el último párrafo del artículo 84 de la Ordenanza Fiscal, Fijase en un cuatro por ciento (4%) de la presente Tasa, la contribución destinada a “Protección Ciudadana”.
Las transferencias a los Bomberos Voluntarios no serán inferiores al monto destinado a tal fin durante el ejercicio anterior conforme las modalidades que a tal efecto establezca el Departamento Ejecutivo.

El artículo 13º de la Ordenanza 3059/09, Ordenanza Impositiva para el año 2010, cuyo título CONTRIBUCIÓN DE PROTECCIÓN CIUDADANA seguidamente se transcribe:

Conforme a lo expuesto en el último párrafo del artículo 132 inciso e) de la Ordenanza Fiscal, fíjase en un cuatro por ciento (4%) de la presente Tasa, la contribución destinada a “Protección Ciudadana”. Cuando el titular de la Tasa por Seguridad e Higiene coincida con el titular del inmueble, esta contribución se liquidará únicamente sobre la base de aquella Tasa que resulte superior entre ambas.

y CONSIDERANDO:

Que corresponde determinar la modalidad de distribución de los fondos recaudados por la contribución correspondiente a “Protección Ciudadana”.

Que corresponde determinar el porcentual  de transferencia para cada entidad de Bomberos Voluntarios, de acuerdo a su capacidad operatoria.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- La Municipalidad destinará el 50% de los fondos recaudados mensualmente en concepto de contribución para el sistema de “Protección Ciudadana”, al financiamiento de operatoria del sistema de cámaras de seguridad instaladas en el distrito.
Del monto remanente de la recaudación producida, la Municipalidad transferirá mensualmente, a mes vencido, el 45%, en concepto de contribución para el sistema de “Protección Ciudadana” o el monto equivalente a lo transferido por idéntico período durante el año 2009 en igual concepto, el que resulte superior, con cargo de rendir cuentas.

ARTICULO_2.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Tigre, con domicilio en la calle Pedro Guareschi 444, Tigre, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el treinta por ciento (30 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.

ARTICULO_3.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de General Pacheco, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen 560, General Pacheco, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el veintitrés con treinta y tres por ciento (23,33 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.

ARTICULO_4.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Don Torcuato, con domicilio en calle Ombú 2858, Don Torcuato, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el veintitrés con treinta y tres por ciento (23,33 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.

ARTICULO_5.- Concédese a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Benavidez, con domicilio en calle La Rioja 1901, Benavidez, un subsidio con cargo de rendir cuentas por la suma de pesos que resulte de aplicar el veintitrés con treinta y tres por ciento (23,33 %) al monto previsto en el último párrafo del articulo 1º del presente Decreto.

ARTICULO 6.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará en la Partida específica del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 7.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Protección Ciudadana.

ARTICULO_8.- Dése al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase.



Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Patricio D’Angelo Campos Subsecretario de Administración y Contrataciones A/cargo de la Secretaria de Hacienda y Administración 
Diego Santillán, Secretario de Protección Ciudadana
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 138/10