MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P5
Publicidad
DECRETO 96/05
TIGRE, 26 de enero de 2005.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales el Colegio de Martilleros y corredores Públicos del Departamento Judicial de San Isidro, solicita la aplicación de los Derechos de Publicidad y Propaganda, ajustado a la publicidad propiamente dicha, diferencia de los carteles que deben colocarse en cumplimiento de la Ley 10.973, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Ordenanza Fiscal 2005, establece el tipo de publicidad exento de pago y faculta al Departamento Ejecutivo a reglamentar los efectos y alcances de tal exención.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO_1.- La exhibición de carteles en propiedad privada o sobre línea municipal del inmueble objeto del anuncio, que coloquen los Martilleros en cumplimiento de la Ley 10.937, sobre venta, remate o alquiler, con una superficie máxima de dos (2) metros por un (1) metro, mediante un solo cartel por inmueble, no estarán alcanzados por Derechos de Publicidad y Propaganda.
ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.
Firmado: Arq. Hiram A. Gualdoni, Intendente Interino. Dr. Eduardo H. Sofia, A/c Secretaría de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 96/05