MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto de Frutos
DECRETO 41/08
TIGRE, 14 de enero de 2008.-
VISTO:
Que por Ordenanza 2862/07, se puso en vigencia la ORDENANZA IMPOSITIVA PARA EL EJERCICIO FINANCIERO 2008, cuyo artículo 72, establece:
ARTICULO 72.- Por los servicios detallados en el Artículo 242 de la Ordenanza Fiscal (Servicio de iluminación de espacios públicos. Servicio de barrido y limpieza de los espacios públicos. Servicio de mantenimiento y atención en general de los baños públicos. Servicio de agua corriente y cloacas. Servicio de mantenimiento y limpieza de los espacios verdes y de la plaza del predio ferial. Servicio de recolección de residuos) se abonará hasta el treinta por ciento (30,00 %), sin excepción del monto del arrendamiento mensual y/o concesión fijados por el presente Capítulo, facultando al Departamento Ejecutivo, a definir dicho porcentaje.
CONSIDERANDO:
Que corresponde hacer uso de la facultad concedida en dicho artículo y fijar el porcentaje a aplicar, el que se considera procedente en un 30%, ajustado a los costos de dichas prestaciones.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO_1.- Fíjase en treinta por ciento (30%), el porcentaje a aplicar por imperio del artículo 72 de la Ordenanza 2862/07, “Ordenanza Impositiva para el ejercicio financiero año 2008”, correspondiente a la Tasa por arrendamiento en el Puerto de Frutos de Tigre.-
ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Administración del Puerto de Frutos de Tigre.
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 41/08