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Obras Publica - Decreto 16/05

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O5 
Obras Publica


DECRETO  16/05

TIGRE, 11 de enero de 2005.-


VISTO:
Que por Decreto  641/04, se dispuso la compra  a la FUNDACIÓN AGUSTÍN M. GARCÍA,  con destino a la obra vial de normalización del acceso entre Río Reconquista, Avda. Santa María (Ruta 27), y calles Liniers y 25 de Mayo, del sector de aproximadamente 652 metros cuadrados que forma parte del inmueble de mayor superficie de propiedad de la vendedora con frente a la Avda. Liniers 1547/1601 lindando con la calle 25 de mayo y en su contrafrente con el río Reconquista cuyos demás datos surgen del testimonio de compra a nombre de la misma inscripto en el Registro de la Propiedad el 20 de julio de 1970 bajo el Dominio N° 1559 del Partido de Tigre y cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 1ra., Sección a, Manzana 294, Parcela 1a., Partida 057-002923-1, y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 803/04, se registró el correspondiente boleto de compraventa, cuya cláusula primera se transcribe:

PRIMERA: La Fundación Agustín M. García vende y la Municipalidad de Tigre compra una fracción de terreno de aproximadamente 652 metros cuadrados cuyas medidas y linderos surgen del croquis suscripto por las partes, anexo al presente y correspondiente al proyecto de urbanización de la intersección de las calles Liniers y 25 de mayo de esta ciudad. La fracción forma parte del inmueble de mayor superficie de propiedad de la vendedora con frente a la Avda. Liniers 1547/1601 lindando con la calle 25 de mayo y en su contrafrente con el río Reconquista cuyos demás datos    surgen del testimonio de compra a nombre de la misma fue inscripto en el Registro de la Propiedad el 20 de julio de 1970 bajo el Dominio N° 1559 del Partido de Tigre y cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción 1ra., Sección a, Manzana 294, Parcela 1a., Partida 057-002923-.

Que en ambas normas se consigna como dato de nomenclatura catastral la SECCIÓN A, cuando en realidad al predio le corresponde la SECCIÓN D, motivo por el cual resulta procedente registrar el error formal producido, siendo el resto de los datos correctos.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones


D E C R E T A

 

ARTICULO_1.- Regístrese que en el Decreto 641/04 y en la cláusula primera del boleto de compraventa aprobado por Resolución Nº 803/04, mediante el cual se dispuso la compra  a la FUNDACIÓN AGUSTÍN M. GARCÍA,  de un sector para ampliar la obra vial en calle 25 de Mayo y Liniers, donde se consignó como datos catastrales la SECCIÓN A, debe leerse SECCIÓN D.-

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese a la Escribanía Registro Notarial Nº 1 del Partido de Tigre, Doña María Marcela Buira.


Firmado: Arq. Hiram A. Gualdoni, Intendente Interino. Dr. Eduardo H. Sofia, A/c Secretaría de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 16/05