logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Transporte Publico de Pasajeros - Ley 12502

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T3 
Transport ePublico de Pasajeros


LEY PROVINCIAL   12502

 

ARTICULO 1.- Agréguese como segundo párrafo del artículo 47 del Decreto Ley 16.378/57, el siguiente:

“Las empresas de transporte deberán incorporar gradualmente, en los plazos y proporciones que establezca la reglamentación, unidades especialmente adaptadas para el transporte de personas con movilidad reducida. Los coches deberán tener piso antideslizante y contar con un espacio para la ubicación de bastones, muletas, sillas de rueda y todo elementos utilizado por estas personas”.

ARTICULO 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PICA DE BS. AS., 24 de agosto de 2000.
Aceptada por Decreto del P.E. Pcial Nº 3325, del 4 de octubre de 2000.
Publicada en el B.O. de la Pcia. de Bs.As. del 12 de octubre de 2000.-