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Urbanismo - Decreto 286/13

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2
URBANISMOS


DECRETO 286/13

CORRESPONDE EXPTE. 4112-47574/12
TIGRE, 4 de abril de 2013.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales los señores Sergio y Hernán Ramos, DNI 17.759.82 y DNI 23.939.515, respectivamente, solicitan prefactibilidad de radicar el rubro “alojamiento transitorio” en el predio designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección D, Quinta 100, parcelas 6b y 6c, Zona R1a y parcela 7, Zona C4b/R1a, con un total de 3.910,56 m2 en Avda. General Juan Domingo Perón esquina Corsini, ciudad de Benavidez, y,

CONSIDERANDO:

Que la ubicación pretendida no se encuentra comprendida en el artículo 89 de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, siendo aplicable del mismo los indicadores urbanísticos especiales destinados a este tipo de rubro.

Que el artículo 12 de la mencionada Ordenanza, bajo el título PLANILLA DE USOS en su inciso “I.b) HOTELERIA, 1 Alojamiento transitorio” contempla la posibilidad de incluir este rubro en cada una de las distintas zonas.

Que el artículo 7º de la mencionada Ordenanza reserva a la “Comisión de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación del Partido de Tigre, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96”,  las facultades de “actualización de la Planilla de Usos, conforme la modalidad que reglamente el Departamento Ejecutivo, así como contemplar cuestiones no previstas, con un criterio amplio basado en la analogía y/o mejoramiento de la calidad de vida”

Que en tal sentido se ha expedido la “Comisión de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación del Partido de Tigre, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96”,  en su disposición del 24 de octubre de 2012, que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo y que en copia digitalizada se agrega como parte del presente considerando.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.- Incorpórase el rubro “Alojamiento Transitorio” como permitido en la zona C4b para predios frentistas a Avda. General Juan Domingo Perón entre colectora Este de la Ruta Panamericana y calle Guido Spano, de la ciudad de Benavídez, exclusivamente para predios con una superficie mínima de 3.500 m2., con los indicadores urbanísticos establecidos en el artículo 89 de la Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, con más un módulo de estacionamiento por cada habitación y módulo independiente para la administración del rubro.

ARTÍCULO 2.- Incorpórase para el rubro “Alojamiento Transitorio”, tanto para radicaciones conforme planilla de usos como del artículo 89 del Ordenanza 1894/96, “Código de Zonificación del Partido de Tigre”, los siguientes módulos de estacionamiento:
a) Uno por habitación.
b) Uno para administración del rubro.

ARTÍCULO 3.- Incorpórase como cursograma para la radicación del rubro  “Alojamiento Transitorio” la intervención de la “Comisión de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación del Partido de Tigre, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96”.

ARTÍCULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Control Urbano y Ambiental.

ARTÍCULO_5.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de control Urbano y Ambiental.

C168
BO.683
19-04-13          

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.

DECRETO N° 286/13