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Obras Particulares - Decreto 4161/89

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto O6 
Obras Particulares


DECRETO  4161/89

TIGRE, 11 de abril de 1989

VISTO:

Que se encuentra vigente la Ordenanza 756/88, en lo que respecta a los alcances del artículo 10. Inciso 1), para la presentación de planos denominados de SUBSISTENCIA, conforme  a la definición y alcances expuestos en el artículo 9, incisos 1) de la mencionada Ordenanza, y,

CONSIDERANDO

Que a los efectos de su correcta aplicación resulta procedente reglamentar la presentación de este tipo de planos, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- Los planos que se presenten conforme a los artículos 9, inciso 1) y 10, incisos 1) de la Ordenanza 756/88 deberán reunir las siguientes exigencias:

1. Muros llenos en negro.
2. Constancia en la carátula si corresponde a:
3. PRESENTACIÓN ESPONTANEA
4. PRESENTACION POR INTIMACIÓN MUNICIPAL.

ARTICULO 2. Corresponde a la Dirección de Obras Particulares practicar la liquidación de los Derechos de Construcción conforme a lo establecido en la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTICULO 3.- Corresponde a la Dirección de Faltas realizar los procedimientos contravencionales pertinentes.

ARTICULO 4.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Planeamiento.

ARTICULO 5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Exhíbase en cartelera municipal. Verifíquese su cumplimiento por la Dirección de Obras Particulares. Tome conocimiento la Dirección de Faltas.

DECRETO 4161/89