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Viviendas - Decreto 3468/14

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V5
Viviendas


ORDENANZA 3468/14

TIGRE, 30 de diciembre de 2014.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3468/14, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre en Sesión del 22 de diciembre de 2014, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- Créase el “Programa Permanente de Mejoras Habitacionales para Familias Vulnerables” cuyo objetivo consistirá en la ejecución de mejoras habitacionales que sirvan de paliativo inmediato a la situación de emergencia habitacional y favorezcan la realización de obras posteriores; mediante la construcción con materiales durables y
apropiados para las condiciones ambientales y socio sanitarias existentes, elaborando proyectos de mejoras que guarden equidad económica y de impacto entre los
beneficiarios.

ARTICULO 2º.- Establécese un subsidio destinado a los beneficiarios con el objeto de:

• Adquirir todo tipo de materiales de la construcción
• Abonar la contratación de mano de obra
Sujeto en  ambos caso, con destino al saneamiento de la condiciones de precariedad de la vivienda.

ARTICULO 3º.- El “Programa Permanente de Mejoras Habitacionales para Familias Vulnerables” estará destinado a quienes cumplan con los siguientes requisitos:

• Manifestar la necesidad de acceder al beneficio, mediante formulario diseñado a tal fin.
• Demuestren mediante un informe socio ambiental realizado por la Secretaria de Política Sanitaria y Desarrollo Humano junto con el Instituto Municipal de la Vivienda y la Tierra Sociales la existencia de condiciones habitacionales precarias (viviendas tipo "casilla" o "rancho"),de hacinamiento y una situación socio económica que les impida resolverla por medios propios.
• No sean beneficiarios de otros planes o programas de vivienda de nivel nacional,
provincial o municipal.
• Acrediten cinco años de residencia en el partido de Tigre, en una vivienda única y permanente.
• Sean argentinos o nacionalizados.
• Cumplan con el calendario de vacunación, control pediátrico y escolarización de los
menores a cargo.
• Completen un Curso de Formación Profesional, o un Taller de Salud desarrollado por la Secretaria de Política Sanitaria y Desarrollo Humano, o se encuentren realizando estudios de nivel primario o secundario.

ARTICULO 4º.- El mecanismo de adjudicación consistirá en la elaboración de un padrón por barrio con todos aquellos destinatarios que expresen su voluntad y
cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 3º de la presente Ordenanza; quienes participarán de un sorteo público para definir el orden de prioridad en la ejecución de las obras.

ARTICULO 5º.- El Instituto Municipal de Vivienda y Tierras Sociales (I.M.V y T.S.) tundra bajo su órbita el contralor y fiscalización de las mismas.-

ARTICULO 6º.- Facúltase al D.E., a realizar las modificaciones que considere conveniente para cumplimiento de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 7º.- El Departamento Ejecutivo dispondrá la creación de una partida presupuestaria destinada a la ejecución del “Programa Permanente de Mejoras Habitacionales para Familias Vulnerables”.-

ARTICULO 8º.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 22 de diciembre de 2014.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3468/14.-

ARTÍCULO_2.- Refrende el presente Decreto la señora Secretaria de Legal y Técnica.

ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano.

 
Firmado: Dr. Julio Zamora, Intendente Municipal. Dra. María Renata Scafati, Secretaria de Legal y Técnica.
DECRETO N° 2157/14