logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Tasas Municipales - Decreto 3461/89

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Municipales


DECRETO   3461/89

TIGRE, 20 de enero de 1989.-

VISTO

   Que razones de admnistración y de seguridad aconsejan suspender el cobro de los Derechos de Cementerio en la sede del Cementerio de Benavidez, y,

CONSIDERANDO:

   Que los recurrentes, en cumplimiento de lo establecido en la Resolución 190/88, deben presentarse en la Administración del Cementerio de Tigre, siendo en consecuencia oportuna esta circunstancia para que en tal acto abonen en dicho lugar los Derechos de Cementerio que correspondieren, sin perjuicio de decidir hacerlo en la Tesorería Central o en las Delegaciones Municipales.

   Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

 

ARTICULO 1.- A partir del 1º de febrero de 1989 los Derechos de Cementerio se percibirán únicamente en la Administración del Cementerio de Tigre, en la Tesorería Central o en las Delegaciones Municipales, en virtud de existir razones de administración y de seguridad que así lo aconsejan.

ARTICULO 2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese. Exhíbase en la cartelera central, de los Cementerios Municipales y de las Delegaciones Municipales. Cúmplase. Verifíquese por intermedio de la Secretaría de Economía y Hacienda.

 

Firmado: Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno. Rhugo Leber,
Secretario de Economía y Hacienda. icardo Ubieto, Intendente.
  Es copia del original archivado en la Dirección de Despacho General y Digesto
DECRETO N° 3461/89