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Refugios Peatonales - Ordenanza 3176/11

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto R7 
Refugios Peatonales


ORDENANZA  3176/11

TIGRE, 20 de mayo de 2011.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3176/11, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 10 de mayo de 2011, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1.-  Convalídase el convenio de donación, explotación publicitaria y mantenimiento de refugios inteligentes para usuarios del transporte automotor de pasajeros, celebrado el 11 de abril de 2011 con la empresa EXCÉNTRICOS S.A., con cargo de explotación publicitaria por cinco (5) de los elementos donados y uso publicitario gratuito por parte de esta Municipalidad en periodos alternados, cuyo original fuera registrado por  Resolución 727/11.

ARTÍCULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 10 de mayo de 2011.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTÍCULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3176/11.-

ARTÍCULO 2.- Déjase constancia que el plazo de explotación publicitaria es de cinco (5) años, conforme consta en la cláusula segunda del convenio aprobado por Ordenanza 3176/11, registrado por Resolución 727/11.-

ARTÍCULO_3.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTÍCULO_4.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Servicios Públicos y Conservación de Infraestructura.


Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 698/11