MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2
Urbanismo
ORDENANZA 3153/10
TIGRE, 28 de diciembre de 2010.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 3153/10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria de Prórroga del 27 de diciembre de 2010, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar Prefactibilidad de Uso para el desarrollo de un conjunto habitacional con viviendas multifamiliares, hotel y comercio en el marco determinado por el Artículo 50 “URBANIZACIONES ESPECIALES”, del Código de Zonificación Ordenanza 1894/96, en el predio identificado catastralmente como: Circunscripción III-Sección J- Quinta 25; Parcelas: 15 a, 16 y 17, supeditada al cumplimiento de los siguientes puntos:
• Los estudios referentes a:
- Hidráulica Municipal, según Decreto 2160/05.
• La documentación referente a la infraestructura:
Primaria:
1. Agua.
2. Cloaca
Secundaria:
3. Electricidad.
4. Gas Natural
5. Alumbrado Público
6. Pavimentos y desagües pluviales.
a. Las redes de infraestructura deben responder a las normativas impuestas por los entes que las regulan.
b. El incumplimiento de los puntos que anteceden implica la caducidad de la Prefactibilidad de Uso.
c. Por la Dirección Técnica y Administrativa prosigan las actuaciones.
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a percibir el aporte adicional y extraordinario del 1,5 % (uno y medio por ciento) del monto de la obra que resulte de la base de cálculo correspondiente a los Derechos de Construcción, ofrecidos por la firma propietaria y desarrolladora del emprendimiento de la urbanización especial; Green Luck S.A., con el objeto de ser destinados a obras de inclusión social.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 27 de diciembre de 2010.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 3153/10.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Dirección General de Aplicación del Código de Zonificación.
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1517/10