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Habilitaciones Industrias - Ordenanaza 3125/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H4 
Habilitaciones  de  Industrias


ORDENANZA  3125/10

TIGRE, 28 de septiembre de 2010.-

VISTO:
La Ordenanza Nº 3125/10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 14 de septiembre de 2010, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Adhiérese al Régimen de Promoción Industrial establecido por Ley Provincial Nº 13.656.- 

ARTICULO 2.-  Las franquicias y beneficios tributarios se podrán otorgar respecto de los siguientes tributos:
a) Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias;
b) Tasa por  Inspección de Seguridad e Higiene;
c) Tasa por Inspección de medidores, motores, generadores de vapor a energía, calderas y demás instalaciones;
d) Derecho de Construcción;
e) Derecho de Publicidad y Propaganda;
f) Derechos de Oficina, sólo respecto a las actuaciones por las que se tramita la exención.

ARTICULO 3.- Derógase la Ordenanza 1147/91, quedando subsistentes los derechos concedidos en el marco de la misma.

ARTICULO 4.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar convenios con los organismos provinciales competentes, reglamentar la presente Ordenanza y poner en vigencias las medidas que resulten procedentes relacionadas con la aplicación en el orden local de la Ley Provincial Nº 13.656.-

ARTICULO 5.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 14 de septiembre de 2010.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3125/10.-


ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Secretaría de Ingresos Públicos. Intervenga la Secretaría de Control Urbano y Ambiental.

 

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1104/10