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Viviendas - Ordenanza 3124/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V5 
Viviendas


ORDENANZA  3124/10

TIGRE, 28 de septiembre de 2010.-


VISTO:
La Ordenanza Nº 3124/10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 14 de septiembre de 2010, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1.- Acéptase la donación ofrecida a esta Municipalidad según convenio de donación Ley 11.622, registrado por Resolución 2097/10, efectuado por la Fundación para la Vivienda San Juan Bosco, respecto del predio ubicado en el Partido de Tigre, Pcia. de Buenos Aires, Paraje Lomas de Loreto, entre las estaciones Garin y Benavidez, del Ferrocarril Bartolomé Mitre, mide 40 metros de frente por 92,47 metros de fondo o sea una superficie de 3699 m2, linda por su frente al NO con calle, al SO con el lote 13, al SE con fondos del 17 y al NE con el lote 15, existe plano de mensura y unificación C-57-18-87, protocolizado al FO 22/87 del Registro de Planos el 24/04/87, con nomenclatura catastral C: III; S: J; Q:30; P: 30, matrícula 19524.

ARTÍCULO 2.- Condonase las deudas que por tasas retributivas de Servicios Municipales que afecten a los inmuebles consignados en el Artículo 1º, hasta la fecha de su transferencia al dominio municipal.

ARTÍCULO 3.- Aféctese los inmuebles antes descritos, al cumplimiento de los fines de Solidaridad Social, en concordancia con lo previsto por la ley Provincial Nº 11.622 y su Decreto Reglamentario Nº 4042/96.

ARTÍCULO 4.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a solicitar la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de otorgar la correspondiente Escritura traslativa de dominio, del bien consignado en el Artículo 1º, a favor de la Municipalidad. 

ARTICULO 5.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 14 de septiembre de 2010.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3124/10.-


ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.



Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1103/10