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Viviendas - Ordenanza 3123/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V5
Viviendas


ORDENANZA  3123/10

TIGRE, 28 de septiembre de 2010.-


VISTO:
La Ordenanza Nº 3123/10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 14 de septiembre de 2010, que textualmente se transcribe:


O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1.- Acéptase la donación ofrecida a esta Municipalidad según convenio de donación Ley 11.622, registrado por Resolución 2116/10, efectuado por la Fundación para la Vivienda San Juan Bosco y Asociación para Apoyo de Comunidades (APAC), respecto del predio ubicado en el Partido de Tigre, Pcia. de Buenos Aires, consistente en una fracción de tierra, propiedad de sus representadas, con todo lo en él clavado, plantado y adherido al suelo, en inmediaciones de la Estación Benavidez, que mide y linda: 600 metros al NE, sobre prolongación de la calle Ituzaingo, 210 metros al SE, lindando con A. Y M. Cachafeiro, 410 metros al SO, sobre prolongación de la calle Salta; 115 metros, martillo en contra al NO, sobre calle DOS; 190 metros al SO, sobre prolongación de la calle Tucumán, y 95 metros al NO, sobre calle existente; superficie total 104.150 m2 ( ciento cuatro mil ciento cincuenta metros cuadrados). Nomenclatura catastral C: III; S: V; P: 150 C.

ARTÍCULO 2.- Condónase las deudas que por tasas retributivas de Servicios Municipales que afecten a los inmuebles consignados en el Artículo 1º, hasta la fecha de su transferencia al dominio municipal.

ARTÍCULO 3.- Aféctese los inmuebles antes descritos, al cumplimiento de los fines de Solidaridad Social, en concordancia con lo previsto por la ley Provincial Nº 11.622 y su Decreto Reglamentario Nº 4042/96.

ARTÍCULO 4.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a solicitar la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de otorgar la correspondiente Escritura traslativa de dominio, del bien consignado en el Artículo 1º, a favor de la Municipalidad. 

ARTICULO 5.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 14 de septiembre de 2010.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3123/10.-


ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.



Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1102/10