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Transporte Publico de Pasajeros - Ordenanza 3107/10

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T3 
Transporte Publico de Pasajeros


ORDENANZA  3107/10

TIGRE, 18 de junio de 2010.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3107/10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 8 de junio de 2010, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalídase el Decreto 560/10 mediante el cual se puso en vigencia  en todo el ámbito del Partido de Tigre, la extensión del beneficio del “Boleto Escolar Primario” del transporte público de pasajeros, para todos los alumnos de Jardín de Infantes, en igualdad de condiciones al resto de los estudiantes, de conformidad con la normativa vigente en la Provincia de Buenos Aires respecto de dicho beneficio y se registró el Acuerdo celebrado el 28 de mayo de 2010 con las siguientes empresas prestatarias de transporte público de pasajeros Micro Ómnibus Norte S.A., Línea Nº 60, Micro Ómnibus Tigre S.A.,línea Nº 720; Micro Ómnibus General Pacheco S.A., línea Nº 721 y UTENOR S.A., línea Nº 723, respecto de la implementación de dicho beneficio.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 8 de junio de 2010.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3107/10.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Protección Ciudadana.

 

                        
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 666/10