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Estacionammiento- Ordenanza 3034/09

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto E7
Estacionamiento


ORDENANZA  3034/09

TIGRE, 27 de agosto de 2009.-


VISTO:

La Ordenanza Nº 3034/09, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 25 de agosto de 2009, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Autorízase a la Cooperadora Única de los Centros de Salud de la Municipalidad de Tigre (C.U.C.S.), reconocida como entidad de bien público por Decreto 1634/92, a operar los sectores que el Departamento Ejecutivo habilite para estacionamiento de vehículos en el Puerto de Frutos de Tigre, sus accesos y zona de influencia.

ARTICULO 2.-  Fíjase el siguiente marco para el convenio a celebrar por el Departamento Ejecutivo con la C.U.C.S. para el cumplimiento del artículo anterior:

1. La tarifa a cobrar será la establecida en la Ordenanza Impositiva de cada ejercicio fiscal para estacionamiento arancelado en la vía pública.

2. La afectación de sectores será dispuesta por el Departamento Ejecutivo.

3. La circulación con sus sentidos de circulación, prohibiciones de estacionamiento o modalidad del mismo, señalización, etc., será dispuesta por el Departamento Ejecutivo mediante acto administrativo expreso.

4. La colocación en la vía pública de las señales necesarias para el cumplimiento de las normas vigentes, estará a cargo de la C.U.C.S.

5. El personal que opere como asistente de estacionamiento será designado por la C.U.C.S., deberá registrarse en la dependencia que fije el Departamento Ejecutivo y utilizar la identificación y uniforme que el mismo apruebe.

6. La C.U.C.S. queda obligada a aceptar las ordenes que el Departamento Ejecutivo imparta respecto de la administración y regulación de actividades en el Puerto de Frutos de Tigre y que por su índole comprenda la circulación y el estacionamiento de vehículos, con relación  a eventos especiales o temporarios que se realicen en el sector.

7. La C.U.C.S. no tendrá competencia alguna en materia de policía de tránsito salvo en lo que respecta a solicitar la intervención de la Dirección General de Tránsito en caso de que la situación lo requiera.

8. Los recibos, ticket o comprobando de pago del arancel por estacionamiento de vehículos serán intervenidos por la Dependencia que designe el Departamento Ejecutivo y deberán respetar la modalidad y requisitos vigentes para recibos de pagos municipales.

9. Incorporar cláusula que establezca como objeto prioritario la prestación de servicios a clientes y turismo en general.

10. El Departamento Ejecutivo se reserva el derecho de disponer en cualquier momento de la vigencia del contrato, zonas de estacionamiento gratuito para titulares de arrendamiento y habilitación o público en general, en cumplimiento de los objetivos prioritarios establecidos en la cláusula anterior.

11. El plazo máximo de duración del contrato será de un año renovable con la misma modalidad vigente por Ordenanza 844/88 para arrendamientos en el Puerto de Frutos de Tigre.

ARTICULO_2º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 25 de agosto de 2009.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3034/09.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Gobierno, Agencia de Desarrollo Turístico y Dirección General de Tránsito.

 

             
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1329/09