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Tasas Municipales - Ordenanza 3024/09

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales


ORDENANZA 3024/09

TIGRE, 30 de julio de 2009.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 3024/09, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 28 de julio de 2009, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.- Créase un Régimen de Facilidades de Pago y Refinanciación de Deudas, denominado “PLAN COMPROMISO” correspondiente a las Tasas por Servicios Municipales e Inspección de Seguridad e Higiene, realizados en el marco de los beneficios establecidos por los artículos 77 a 81 de la Ordenanza Nº 2990/08 “Ordenanza Impositiva”.-

ARTÍCULO 2º.- RÉGIMEN OPERATIVO: Aquellos contribuyentes que se acojan al régimen implementado mediante el artículo 1º deberán abonar un anticipo no inferior al seis por ciento (6,00%) del total de la deuda y por el saldo se podrá optar por algunas de las siguientes opciones:

a) Anticipo entre el seis por ciento (6,00%) y el diecinueve con noventa y nueve por ciento (19,99%):
a.1.) Hasta seis (6) cuotas sin interés con un descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.
a.2.) Hasta doce (12) cuotas sin interés con un descuento de cuarenta y cinco por ciento (45%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.
a.3.) Hasta veinticuatro (24) cuotas sin interés con un descuento del treinta y cinco por ciento (35%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.-
a.4.) Hasta treinta y seis (36) cuotas sin interés con un descuento del veinticinco por ciento (25%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.-
a.5.) Hasta cuarenta y ocho (48) cuotas sin interés no sufrirá descuento de los recargos.

b) Anticipo igual o superior al veinte por ciento (20%):

b.1.) Hasta seis (6) cuotas sin interés con un descuento del cincuenta y cinco por ciento (55%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.
b.2.) Hasta doce (12) cuotas sin interés con un descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.-
b.3.) Hasta veinticuatro (24) cuotas sin interés con un descuento del cuarenta por ciento (40%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.-
b.4.) Hasta treinta y seis (36) cuotas sin interés con un descuento del treinta por ciento (30%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.-
b.5.) Hasta cuarenta y ocho (48) cuotas sin interés con un descuento del cinco por ciento (5%) sobre los recargos de la deuda vencida al 31/12/2008.-

ARTICULO 3º.- DESCUENTO: Aquellos contribuyentes que adhieran al plan de pago instrumentado mediante la presente Ordenanza, obtendrán el descuento descrito en el artículo 2 según la opción de anticipo elegido.  Dicho descuento se imputará como última cuota adicional a la cantidad de cuotas seleccionadas.-

ARTICULO 4º.- REQUISITOS: A los efectos de obtener el descuento indicado en el artículo 2 y no incurrir en las causales de caducidad que señala el artículo 7 de la presente Ordenanza, el contribuyente:

a) Deberá regularizar las cuotas vencidas del ejercicio 2009.
b) No deberá poseer deuda por tributo municipal alguno, imputable a períodos que se devenguen en fecha posterior al acogimiento del presente régimen de facilidades de pago.
c) Podrán ingresar los contribuyentes de zonas tarifarias A, B, C, D y E.
d) Las categorías comprendidas en el presente régimen son: Edificado, Negocio, Baldío y Edificado en Altura.

Además, y a los fines de una mejor identificación del contribuyente que realiza dicho plan el mismo deberá presentar:

• Titular, o familiar directo (con el mismo apellido): Documentos de Identidad.
• Esposa del titular: Libreta o certificado de matrimonio  y  Documento original de ambos cónyuges.
• Familiar directo: documentación que pueda acreditar el vínculo.
• Si no es titular con escritura deberá acreditar tal calidad con Boleto de Compraventa o Cesión de Derecho sellado o con firmas certificadas o Escritura más Documentos de Identidad.
• Personas autorizadas: Documentos de Identidad y autorización del titular acompañado de copia de Documento de Identidad de ambos o certificación de firmas por Escribano Público o Banco autorizado.
• Locatario: Contrato de Alquiler vigente, debidamente sellado, donde conste que el locatario se hace cargo de las Tasas Municipales.
• Otros familiares: consultar documentación necesaria para acreditar parentesco con el titular.
• Contribuyentes con trámite en curso de regularización Dominial: deberán presentar la misma documentación habilitante.
• Los firmantes deberán ser mayores de 21 años.
• (Entiéndase por documentos de identidad: D.N.I., L.C., L.E y Cédula.

ARTICULO 5º.- SUJETOS EXCLUIDOS No podrán acceder a los beneficios del presente plan, los contribuyentes cuyas deudas se encuentren en gestión judicial, conforme lo normado por los Artículos 45 y concordantes de la Ordenanza Nº 2.989/08.-

ARTÍCULO 6º.- EFECTOS DEL ACOGIMIENTO: El acogimiento al beneficio del presente implica:

a) La interrupción de los términos de la prescripción habida a favor del contribuyente;
b) El reconocimiento expreso de las obligaciones tributarias incluidas en dicho pago en los términos del artículo 58, Inciso a) de la Ordenanza Fiscal vigente para el ejercicio financiero en curso.-

ARTICULO 7º.- CADUCIDAD: La falta de pago de dos (2) cuotas corrientes consecutivas o tres (3) alternadas, producirá la caducidad de pleno derecho, por el simple vencimiento del plazo y sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna; quedando sin efecto para el contribuyente todos los beneficios otorgados por la presente Ordenanza, imputándose la totalidad de los pagos realizados bajo éste Régimen, como pago a cuenta de la deuda original, más los accesorios que correspondan conforme al Ordenamiento Tributario Municipal.-

ARTICULO 8º.- APLICACIÓN SUPLETORIA: En aquellos supuestos no contemplados por la presente Ordenanza, será de aplicación supletoria las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes en cada uno de los ejercicios financieros en ejecución durante la aplicación del presente Régimen.-

ARTICULO 9º.- PLAZO DE VIGENCIA: El Régimen de Facilidades de Pago y Refinanciación de Deudas establecido por la presente Ordenanza será de aplicación para  todas las solicitudes de refinanciación de deuda instrumentada bajo las condiciones establecidas por el Artículo 1º, desde el día 01/08/2009 hasta el 31/10/2009, quedando facultado el Departamento Ejecutivo a fijar otros períodos.-

ARTICULO 10º.- Facúltase al D.E., a modificar las fechas previstas en los artículo 2 y 9 de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 11º.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 28 de julio de 2009.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 3024/09.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese. Cúmplase por la Secretaría de Economía, Hacienda y Administración.-

 

               
Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1211/09