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Taxis - Ordenanza 2975/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T8
Taxis


ORDENANZA  2975/08

TIGRE, 11 de diciembre de 2008.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2975/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 9 de diciembre de 2008, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1: Incorpórase como artículo 1 Bis de la Ordenanza Nº 1745/95 y modificatorias el siguiente texto:

“Artículo 1 Bis.- Será optativo para el permisionario del servicio de Taxis y Remises incorporar un Servicio de Radiocomunicaciones, integrado por una Estación Central y Estaciones Móviles de Abonados, de conformidad a las normas establecidas por la autoridad competente en la materia”.

ARTÍCULO 2: Autorízase al Departamento Ejecutivo a reglamentar el Servicio de Radiocomunicación establecido en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 3: Comuníquese al D.E., a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 9 de diciembre de 2008.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2975/08.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.-

                                                                                                                                                               
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1587/08