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Urbanismo - Ordenanza 2961/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto U2
Urbanismo


 

ORDENANZA  2961/08


TIGRE, 27 de noviembre de 2008.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2961/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 25 de noviembre de 2008, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.- Concédese al señor Ricardo Manuel Crespo, DNI 13.512.331, prefactibilidad para desarrollar un emprendimiento urbanístico de 32 viviendas unifamiliares apareadas, en la Circunscripción IV, Sección D, Quinta 46, Fracción I, unificación de las Parcelas 31 y 32, Zona R1a, que en conjunto deben sumar la superficie de diez mil metros cuadrados (10.000m2), sujeta al cumplimiento de la siguientes exigencias:
a) Unificación de las dos parcelas involucradas.
b) Cumplimiento del Decreto 2160/05 sobre hidráulica municipal.
c) Documentación referente a infraestructura primaria de agua y cloaca.
d) Documentación referente a infraestructura secundaria de electricidad, gas natural, alumbrado público, pavimentos y desagües pluviales.
e) Las redes de infraestructura deben responder a las normativas impuestas por los entes que la regulan.
f) El incumplimiento de los incisos precedentes implica la caducidad de la presente prefactibilidad de uso.
 
ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 25 de noviembre de 2008.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2961/08.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Secretaría de Inversión Pública, Urbanismo y Gestión Ambiental.-

                                                                                                                                         
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1513/08