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Tasas Municipales - Ordenanza 2935/08

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16 
Tasas Municipales


ORDENANZA  2935/08

TIGRE, 11 de septiembre de 2008.-


VISTO:
La Ordenanza Nº 2935/08, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 9 de septiembre de 2008, que textualmente se transcribe:


O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Adhiérase la Municipalidad de Tigre a la Ley Provincial N° 13.850. Facúltase al Departamento Ejecutivo a adoptar todas las medidas necesarias para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la referida norma.

ARTICULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Provincia de Buenos Aires el convenio cuyo modelo se aprueba como Anexo a la presente y toda otra documentación que resulte necesaria a los efectos de la puesta en marcha de la operatoria descripta en el Título V de la Ley Nº 13.850.

ARTICULO 3º: Deróganse el inciso 2º del artículo 125, los artículos 155, 156, 157, 158 y 159 de la Ordenanza Fiscal Nº 2861/07 Fiscal.

ARTICULO 4º: Derógase el artículo 30 de la Ordenanza Impositiva Nº 2862/07.

ARTICULO 5º: Sustitúyase el artículo 22 de la Ordenanza Impositiva Nº 2862/07 de acuerdo al siguiente texto:
“Artículo 22.- Registro de Publicidad. A los fines de establecidos en el artículo 130 de la Ordenanza Fiscal, fíjase el valor de la inscripción anual en el Registro de Publicidad: 46,00.-“ 

ARTICULO 6º: Establécese que el Departamento Ejecutivo deberá dar cumplimiento con los servicios y/o conceptos referidos en el artículo 42º de la Ley Nº 13.850.

ARTICULO 7º: Derógase toda otra norma que se oponga con lo establecido en los artículos 42 a 46 de la Ley Nº 13.850.

ARTICULO 8º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes en virtud de la sanción de la presente norma y la aplicación de la Ley Nº 13.850.

ARTICULO 9º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
SALA DE SESIONES, 9 de septiembre de 2008.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2935/08.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y prosígase trámite por la Secretaría de Economía, Hacienda y Administración.

                                                                                 
Firmado: Julio Zamora, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1169/08

 

ANEXO ÚNICO ORDENANZA 2935/08
CONVENIO

PROVINCIA DE BUENOS AIRES- MUNICIPALIDAD DE TIGRE

 

Entre la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Señor Ministro de Economía………………………………, en adelante LA PROVINCIA y la Municipalidad de……………………………………., representada por el Señor Intendente Municipal………………………………, en adelante LA MUNICIPALIDAD, en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 13850 el primero y por la Ordenanza Municipal Nº …………………….. el segundo, teniendo en cuenta el objetivo, compartido por ambas jurisdicciones, de coadyuvar al logro de la simplificación tributaria, convienen celebrar el presente convenio, en el marco del Título V de la Ley Nº 13850, sujeto a las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRELIMINAR. LA MUNICIPALIDAD mediante Ordenanza Nº …………………… ha adherido a la Ley Nº 13850 y dispuesto la desgravación de los servicios de faenamiento, inspección veterinaria y bromatológica, visado de certificados u otro tipo equivalente de tasa de abasto o derecho y de Publicidad y propaganda realizada en el interior de locales destinados al público (cines, teatros, comercios, supermercados, centros de compras, campos de deportes y similares), en virtud de lo cual se instrumenta a través del presente su participación, a partir del mes de  ………….. de ………….. en el “Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales – Ley Nº 13850”.


CLÁUSULA PRIMERA: La MUNICIPALIDAD se incorpora al “Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales – Ley Nº 13850”, y habiendo desgravado los servicios indicados en la cláusula preliminar, se compromete a continuar y/o implementar la prestación de los mismos.


CLÁUSULA SEGUNDA: LA PROVINCIA distribuirá la recaudación del “Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales” entre los Municipios adheridos a la Ley Nº 13850 en la forma y condiciones establecidas en la misma y en la Resolución Nº …………….., transfiriendo a LA MUNICIPALIDAD los importes que le correspondan a una cuenta que ésta  indique.


CLÁUSULA TERCERA: El incumplimiento por el Municipio de las obligaciones asumidas en el presente Convenio provocará la pérdida del derecho a las transferencias a que refiere la Cláusula Segunda.


CLÁUSULA CUARTA: Las partes se reservan el derecho de denunciar este Convenio, previa notificación practicada con 30 días de anticipación.


CLÁUSULA QUINTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a sancionar y/o dictar las normas legales necesarias para la implementación del presente Convenio. Asimismo se compromete a remitir a la Subsecretaría de Política y Coordinación Económica del Ministerio de Economía, las Ordenanzas Fiscales e Impositivas y toda modificación que se formule a las mismas.

CLÁUSULA SEXTA: El presente acuerdo tiene vigencia a partir de la fecha de la desgravación establecida por la Ordenanza Nº …………del Municipio de ……………….y hasta que sea denunciado por alguna de las partes o rescindido de común acuerdo.
En prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de La Plata, a los…….días del mes de…………….de 200….-