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Habilitaciones - Decreto 1137/13

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
HABILITACIÓN COMERCIOS


DECRETO 1137/13

TIGRE, 30 de agosto de 2013.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales la firma GRÚAS SAN BLAS  S.A. solicita prefactibilidad del rubro depósito en el predio designado catastralmente como Circunscripción II, Sección G, Quinta 84, Parcela 27, Zona R2c, y,

CONSIDERANDO:

Que si bien el rubro pretendido no se encuentra autorizado en dicha zona, este Departamento Ejecutivo comparte en un todo la disposición de la “Comisión de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación del Partido de Tigre, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96”,  producida el 2 de julio de 2013, proponiendo incluir dicho rubro como permitido, exclusivamente para parcelas frentistas a la calle Emilio Lamarca entre las de Reynoso y Lope de Vega, ciudad de Don Torcuato, condicionado al cumplimiento de las condiciones ambientales establecidas para dicha zona. (Se anexa copia digitalizada)

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.- Incorpórase los rubros IV – h) – 2, 3, 5 y 6 “Comercios Mayoristas, con depósito (excepto y con productos perecederos), Depósitos en General y Depósitos Fiscales”, dentro de los rubros admisibles en la Planilla General de Usos, Anexo VI del Decreto 2330/06, para la zona R2e, exclusivamente para parcelas frentistas a la calle Emilio Lamarca entre las de Reynoso y Lope de Vega, ciudad de Don Torcuato, condicionado al cumplimiento de las condiciones ambientales establecidas para dicha zona.

ARTÍCULO 2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Control Urbano y Ambiental.

ARTÍCULO_3.- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y verifíquese su cumplimiento por la Secretaría de Control Urbano y Ambiental.

C172
BO.694
06-09-13          

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.

DECRETO N° 1137/13