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Publicidad - Ordenanza 2836/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P5 
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ORDENANZA 2836/07

TIGRE, 14 de septiembre de 2007.-


VISTO:

La Ordenanza Nº 2836/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 11 de septiembre de 2007, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Otórgase a la firma VIACART S.A., con domicilio en Avda. Boedo 57 6to. piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorización para la explotación de las pantallas publicitarias instaladas en el Partido de Tigre  por imperio de la Ordenanza 1810/96, bajo el régimen de la Ordenanza 958/89, con el cargo de mantenerlas  e instalar  cien (100) refugios peatonales en el transcurso de un año, contado a partir de la promulgación de la presente, conforme directivas que oportunamente proporcionará el Departamento Ejecutivo, mediante la correspondiente reglamentación, incrementándose, de esta manera, el Patrimonio Municipal, desde la concreción de dicho cargo, por los motivos expuestos precedentemente. 

ARTÍCULO 2 .- Exceptúase, por los motivos expuestos precedentemente, el cumplimiento del Artículo 25 de la Ordenanza 958/89.

ARTICULO 3.-  La autorización otorgada tendrá vigencia por el término de diez (10) años a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.

ARTICULO 4.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 11 de septiembre de 2007.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2836/07.-

ARTICULO 2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y proyéctese la reglamentación de la Ordenanza 2836/07 por intermedio de la Secretaría de Gobierno. Tome conocimiento Dirección General de Habilitaciones de Comercios y Dirección Ejecutiva de Tasas de Industrias y Comercios.

 

 
Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1910/07