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Habilitaciones - Decreto 1140/13

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto H3
HABILITACIÓN COMERCIOS


DECRETO 1140/13

TIGRE, 30 de agosto de 2013.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales el señor Pablo Gustavo Miceli, formula consulta de habilitación del rubro “Centro Educativo Terapéutico”, en calle Gelly Obes 1908, El Talar, Circunscripción II, Sección D, Quinta 31, parcela 2b, zona R2b, y,


CONSIDERANDO:

Que este Departamento Ejecutivo comparte en un todo lo dispuesto por la “Comisión de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación del Partido de Tigre, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96”,  a fs. 29, que en copia digitalizada se anexa, proponiendo la modificación de la superficie mínima exigida para el rubro, atento la situación especial del sector de emplazamiento.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO_1.- Modifícase de diez mil (10.000) metros cuadrados a dos mil setecientos (2.700) metros cuadrados, la exigencia de superficie mínima para el rubro “Instituciones Públicas o Privadas de Salud”, solamente en la especialidad “Centro Terapéutico”, correspondiente a la zona R2b, Anexo V del Decreto 2330/06, exclusivamente en la Circunscripción II, Sección D, Quinta 31, Fracción I.

ARTÍCULO 2.- Refrenden el presente Decreto los señores Secretarios de Gobierno y de Control Urbano y Ambiental.

ARTÍCULO_3- Dése al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese por la Dirección de Obras Particulares la que requerirá el pago de los Derechos de Oficinas para actuaciones con tratamiento por intermedio de la “Comisión de Interpretación y Análisis del Código de Zonificación del Partido de Tigre, artículo 7º de la Ordenanza 1894/96”. Por la Dirección General de Habilitaciones prosígase el trámite de habilitación solicitado en el expediente 4112-5049/13.

C177
BO.694
06-09-13          

Firmado: Sergio Massa, Intendente Municipal. Eduardo Cergnul, Secretario de Gobierno.
Carlos Vittor, Secretario de Control Urbano y Ambiental.

DECRETO N° 1140/13