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Donaciones - Ordenanza 2824/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D6
Donaciones


ORDENANZA 2824/07

TIGRE, 26 de julio de 2007.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2824/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 24 de julio de 2007, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Dónase a la Dirección General de Cultura y Educación, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, el predio propiedad de esta Municipalidad identificado como Circunscripción III, Sección E, Fracción I, Quinta 31, parcela 4, ubicado en calle General Conesa, a la altura de la calle Jujuy, de Barrio El Claro, localidad de Benavidez, Partido de Tigre, con todo lo construido y con cargo al funcionamiento de un Jardín de Infantes.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 24 de julio de 2007.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2824/07.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese al Consejo Escolar de Tigre para la prosecución del trámite.

 


Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Eduardo H. Sofia, A/c. Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1639/07