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Donaciones - Ordenanza 2812/07

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto D6
Donaciones 


ORDENANZA  2812/07

TIGRE, 14 de junio de 2007.-


VISTO:

La Ordenanza Nº 2812/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 12 de junio de 2007, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1.- Acéptase la donación ofrecida a la Municipalidad por  los señores Alfredo Luis Fushimi, L.E. 5.622.919, con domicilio en la calle Gelly y Obes N° 2590, localidad El Talar, Partido de Tigre; Alberto Fushimi L.E. 4.575.777, con domicilio en la calle Colombia N° 453, localidad El Talar, Partido de Tigre; Juan Carlos Fushimi L.E. 4.603.119, con domicilio en la calle Cristóbal Colón 420, localidad Don Torcuato, Partido de Tigre; Teresa Estela Fushimi D.N.I. 5.198.704 con domicilio en Ruta 9 Km 56, localidad Belén de Escobar, Partido del mismo nombre y Lidia Isabel Fushimi, DNI 5.198.705, con domicilio en la calle Tres Arroyos 4268, localidad Los Polvorines, Partido de Malvinas Argentinas, del  inmueble cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción II, Sección E, Quinta 73, Manzana 73d, Parcelas 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 11.-

ARTÍCULO 2.- Condonase las deudas que por tasas retributivas de Servicios Municipales que afecten a los inmuebles consignados en el Artículo 1º, hasta la fecha de su transferencia al dominio municipal.

ARTÍCULO 3.- Aféctese los inmuebles antes descritos, al cumplimiento de los fines de Solidaridad Social, en concordancia con lo previsto por la ley Provincial Nº 11.622 y su Decreto Reglamentario Nº 4042/96.

ARTÍCULO 4.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a solicitar la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de otorgar la correspondiente Escritura traslativa de dominio, del bien consignado en el Artículo 1º, a favor de la Municipalidad. 

ARTICULO 5.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 12 de junio de 2007.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.


D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2812/07.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese y cúmplase por la Subsecretaría de Desarrollo Comunitario e Islas.


                 
Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1439/07