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Puerto - Ordenanza 2777/06

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto P9
Puerto


ORDENANZA 2777/06

TIGRE, 22 de diciembre de 2006.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2777/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 19 de diciembre de 2006, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Incorporase a la ordenanza 844/88, el artículo 55, con el siguiente texto:

ARTICULO 55.- El Departamento Ejecutivo podrá autorizar a los titulares de concesiones o arrendamientos, a efectuar remodelaciones y mejoras en las instalaciones existentes, las que quedarán a favor del municipio una vez vencida la concesión. Asimismo podrá autorizar la construcción de nuevas instalaciones. En ambos casos podrá conceder arrendamientos o concesiones, no pudiendo superar el plazo de diez años, con opción de prórroga a favor de la Municipalidad de un tercio del contrato original. El Departamento Ejecutivo deberá dictar un reglamento de inversiones cuyo cumplimiento deberá verificarse para acordar este tipo de arrendamientos o concesiones.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 19 de diciembre de 2006.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2777/06.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Verifíquese su cumplimiento por la Administración del Puerto de Frutos de Tigre.

 

Firmado: Hiram A. Gualdoni, Intendente Municipal. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2746/06