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Via Publica - Ordenanza 2749/06

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto V1
Via Publica 


ORDENANZA 2749/06

TIGRE, 19 de septiembre de 2006.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2749/06, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 12 de septiembre de 2006, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalídase el Decreto 393/06, cuyo artículo 1º seguidamente se transcribe con la modificación introducida en el inciso 4) y lo establecido en los artículos 2º y 3º:

ARTICULO_1.- En las plazas públicas y espacios verdes públicos del Partido de Tigre, queda prohibido, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante,  las siguientes actividades, sin perjuicio de las medidas más restrictivas que se tomen para sectores particulares:

1. La venta ambulante.
2. La publicidad o promoción de productos o servicios.
3. Acampar.
4. Pisar el cesped y/o espcios ajardinados y/o transitar por lugares no habilitados o prohibidos.
5. Encender fuego.
6. Arrojar residuos o desperdicios de todo tipo.
7. Instalar mesas, sombrillas, sillones o similares.
8. Estacionar todo tipo de vehículos, incluyendo motos.
9. Tomar sol en ropa de playa.
10. Pintar, escribir y producir cualquier tipo de  daño en  monumentos, obras y solados. 
11. Instalación de mesas, sillas, sillones sombrillas y similares por parte de comercios habilitados, que no cuenten con autorización expresa.
12. Actividades deportivas y juegos en general y especialmente con pelotas, salvo en los sectores especialmente construidos y habilitado al efecto.
13. Uso por parte de personas que explotan el servicio de paseo de perros o mascotas.
14. Extraer flores, hojas, ramas y en general dañar plantas y árboles.
15. Bañarse en las fuentes o piletas existentes, bañar animales o arrojar cualquier tipo de producto a sus aguas.

ARTICULO 2º Las prohibiciones dipuestas en los incisos 7 y 9 del artículo 1º, serán de aplicación exclusiva en la zona periférica a la Estación Fluvial, en el Paseo Vidal Molina, el Paseo de las Provincias Unidas por calle Victorica, el paseo por calle Liniers entre Pirovano y Saldías, Plaza Vilela, Plaza Daniel María Cazón, todos los espacios verdes públicos de la Avda. de las Naciones Unidas y el Paseo de la calle Lavalle, entre 25 de Mayo y Libertador General San Martín.

ARTICULO 3º- La aplicación de las prohibiciones dispuestas en la presente Ordenanzas lo será sin perjuicio de las disposiciones existentes, vigentes para los lugares determinados que no se contrapongan.

ARTICULO_4º Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 12 de septiembre de 2006.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2749/06.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.

 

      
Firmado: Arq. Hiram A. Gualdoni, Intendente Interino. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2308/06