MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto C16
Contravenciones
ORDENANZA 2687/05
TIGRE, 29 de septiembre de 2005.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 2687/05, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión del 27 de septiembre de 2005, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1.- Incorpórase a la Ordenanza 1101/90, “Código Contravencional del Partido de Tigre”, los artículos 69, 70 y 71, con el siguiente texto:
ARTICULO 69.- Será penado con multa del 1% al 20% y/o arresto hasta veinte (20) días, y/o inhabilitación hasta sesenta (60) días, el propietario de cualquier tipo de vivienda, encargado de hotel, pensión o establecimiento comercial, cuando en sus dependencias se ejerza la prostitución, prácticas homosexuales y/o actividades reñidas con la moral y buenas costumbres.
ARTICULO 70.- Será penado con multa del 1% al 20% y/o arresto hasta veinte (20) días, toda persona, de cualquier sexo, que se encontrare ejerciendo la prostitución en la vía pública.
ARTICULO 71.- Será penado con multa del 0,5% al 10% y/o arresto hasta diez (10) días, todo individuo, de ambos sexos, que se lo encontrare desarrollando en la vía pública exhibiciones y/o prácticas reñidas con la moral y buenos costumbres.
ARTICULO 2.- Comuníquese al D.E., a sus efectos.-
SALA DE SESIONES, 27 de septiembre de 2005.-
Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
D E C R E T A
ARTICULO_1.- Promúlgase la Ordenanza Nº 2687/05.-
ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.-
Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 2152/05