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Infraestrucutura Vial - Ordenanza 2606/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto I3
Infraestructura Vial 


ORDENANZA 2606/04

TIGRE, 29 de julio de 2004.-


VISTO:
La Ordenanza Nº 2606/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 27 de julio de 2004, que textualmente se transcribe:
O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires o Dirección Provincial de Vialidad, o dependencia que correspondiere, destinados a realizar la obra objeto de la Ordenanza 2564/04, obra ensanche en cuatro manos y divisorio central  en la Ruta 27, desde el  Canal Aliviador hasta la intersección de la Ruta 27 con la Av. de los Constituyentes  (Ruta  9),  bicisenda,  obras hidráulicas  necesarias,   cruces a nivel  y obras complementarias, denominada  Obra Ruta 27  Principal , y la obra Camino de Vinculación, que une la Ruta 27 desde la intersección con el Canal Aliviador y la calle Liniers.

ARTICULO 2º Facúltase el Departamento Ejecutivo a transferir,  comprar, permutar inmuebles, desafectar calles, celebrar convenios y todos los actos enmarcados en la Ley Orgánica de las Municipalidades, Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, Decretos Leyes 8912 y 9533, con entes del Estado Nacional o Provincial, o cualquier otra empresa pública o privada, tendiente a concretar la obra objeto de la Ordenanza 2564/04.

ARTICULO 3º Facúltase al Departamento Ejecutivo a la contratación de personal técnico y/o profesional especializado en los temas específicos de las obras a desarrollarse para la confección de proyectos, dirección de obra y asesoramiento, para todos aquellos casos en que la Municipalidad no cuente con personal idóneo.

ARTICULO 4º El Departamento Ejecutivo deberá informar en forma paulatina y periódica al Honorable Concejo Deliberante, de los actos que celebre de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo segundo de la presente Ordenanza.

ARTICULO 5.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 27 de julio de 2004.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

ARTICULO_1. Promúlgase la Ordenanza Nº 2606/04.-


ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.


ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase.
 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 1389/04