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Terrenos Privados - Ordenanza 2583/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T14 
Terrenos Privados 


ORDENANZA  2583/04

TIGRE, 15 de abril de 2004.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2583/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2004, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.-  Convalídase el Decreto 1496/03, por el cual  se destinó el predio tomado en posesión por Decreto 549/95, identificado como Circunscripción III, Sección H, Chacra 40, Manzana 40ª, parcela 6, para sede de la Biblioteca Popular Ricardo Rojas, personería jurídica Resolución DPPJ 3632/95, matrícula 14763, legajo 01/76219, inscripto en CONABIP Disposición 216/95, se registró el CONTRATO DE COMODATO destinado al uso del predio como sede de la entidad y se registró el CONVENIO DE COLABORACIÓN, destinado a la participación municipal para la construcción del edificio de dicha biblioteca y su posterior funcionamiento, como parte de los programas municipales del área cultura.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al D.E., a sus efectos.-


SALA DE SESIONES, 13 de abril de 2004.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2583/04.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Notifíquese por la Delegación Municipal de Ricardo Rojas. Tome conocimiento la Secretaría de Obras Públicas y Servicios Municipales.

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 700/04

CORRESPONDE EXPTE. 4112-


TIGRE,1º de diciembre de 2003.-


VISTO:
Que por Decreto 549/95, se tomó posesión del predio identificado como Circunscripción III, Sección H, Chacra 40, Manzana 40ª, parcela 6, en el marco de la Ordenanza 472/64, y,

CONSIDERANDO:

Que habiendo transcurrido nueve años de posesión pública, pacífica e interrumpida, no se ha recibido reclamo alguno de sus propietarios.

Que tal como se dispuso en el artículo 2º del Decreto 549/95, la Comisión Pro Biblioteca Ricardo Rojas, actuó como cuidadora del predio, en carácter de auxiliar del Departamento Ejecutivo.

Que dicha entidad ha formalizado su existencia, constituyéndose como Biblioteca Popular Ricardo Rojas, personería jurídica Resolución DPPJ 3632/95, matrícula 14763, legajo 01/76219, inscripto en CONABIP Disposición 216/95, siendo procedente, en consecuencia, que el Honorable Concejo Deliberante cambie el destino de la posesión, en cumplimiento del artículo 5º de la Ordenanza 472/64, fijando como destino el de sede de la mencionada Biblioteca.

Que habiéndose iniciado el periodo de receso del Departamento Deliberativo, resulta procedente disponer tal medida por Decreto, ad referéndum de la posterior convalidación, así como registrar el contrato de comodato y el convenio de colaboración celebrado por el Departamento Ejecutivo, a los efectos de impulsar la construcción de la mencionada sede y activar en el sector una biblioteca que satisface los objetivos culturales fijados en los respectivos programas municipales.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO_1.- Destínase, ad referéndum de la convalidación del Honorable Concejo Deliberante, el predio tomado en posesión por Decreto 549/95, identificado como Circunscripción III, Sección H, Chacra 40, Manzana 40ª, parcela 6, para sede de la Biblioteca Popular Ricardo Rojas, personería jurídica Resolución DPPJ 3632/95, matrícula 14763, legajo 01/76219, insripto en CONABIP Disposición 216/95, por los motivos expuestos precedentemente.

ARTICULO 2.- Regístrase el CONTRATO DE COMODATO celebrado con la Biblioteca Popular Ricardo Rojas, que se incorpora como ANEXO I del presente, destinado al uso como sede de dicha entidad, del predio tomado en posesión por Decreto 549/95.

ARTICULO 3.- Regístrase el CONVENIO DE COLABORACIÓN, celebrado con la Biblioteca Popular Ricardo Rojas, que se incorpora como ANEXO II del presente, destinado a la participación municipal para la construcción del edificio de dicha entidad y su posterior funcionamiento, como parte de los programas municipales del área cultura.

ARTICULO 4.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_5.- Dese al Registro Municipal de Normas. Notifíquese. Cúmplase. Elévese al Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento en período de sesiones ordinarias.

 


Ernesto G. Casaretto
Secretario de Gobierno FIRMADO Ricardo J. Ubieto
Cdor.Pub.Nac.
Intendente Municipal

DECRETO Nº 1496
Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto