logo tigre
spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

spotlight

Tigre

digestos

Imprimir
PDF

Tasas Municipales - Ordenanza 2581/04

MUNICIPALIDAD DE TIGRE
Secretaría de Gobierno
Dirección de Despacho General y Digesto T16
Tasas Municipales 


ORDENANZA 2581/04


TIGRE, 15 de abril de 2004.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 2581/04, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Tigre, en Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2004, que textualmente se transcribe:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1.- Exceptúase del pago de la Tasa por Derechos de Cementerio y/u otros gravámenes que se establezcan en el futuro, salvo los servicios que correspondan al mantenimiento de espacios comunes, a las Entidades de Bien Público, sin fines de lucro que realicen actividades de servicios a la comunidad, de carácter social, cultural, religioso, deportivo y a los Partidos Políticos con participación en el Distrito, que construyan, con autorización municipal, monolitos que rindan homenaje y recuerden la memoria de sus miembros fallecidos, integrantes de los mismos.

ARTICULO 2.- El Departamento ejecutivo arbitrará las medidas tendientes a incorporar esta disposición en las futuras Ordenanzas Tributarias.

ARTICULO_3.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.


SALA DE SESIONES, 13 de abril de 2004.-

   Por ello el Intendente Municipal del Partido de Tigre en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 108, inciso 2), de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

D E C R E T A

 

ARTICULO_1.-  Promúlgase la Ordenanza Nº 2581/04.-

ARTICULO_2.- Refrende el presente Decreto el señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO_3.- Dese al Registro Municipal de Normas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Tigre. Cúmplase por la Administración de Cementerios. Por la Secretaría de Economía y Hacienda cúmplase el artículo 2º.-

 


Firmado: Ricardo Ubieto, Intendente. Ernesto Casaretto, Secretario de Gobierno.
  Es impresión del original digitalizado conservado en archivo magnético en Despacho General y Digesto
DECRETO N° 698/04